Consultar ASNEF gratis: cómo saber si estás en ASNEF con tu DNI (2026)
Consultar ASNEF gratis con tu DNI: portal oficial de Equifax con capturas, vía postal con modelo de carta, qué te devuelven y en qué plazo. Guía 2026.
Los ficheros de morosos son bases de datos privadas donde bancos, financieras, telefónicas, eléctricas o fondos anotan a quien les debe dinero, para que otras empresas lo vean antes de darle crédito. En España, los dos que afectan a particulares son ASNEF (Equifax) y Badexcug (Experian). Consultarlos es gratis y la anotación dura, como máximo, cinco años.
Un fichero de morosos es un sistema de información crediticia regulado por el art. 20 de la LOPDGDD. Para particulares, los principales son ASNEF (Equifax) y Badexcug (Experian). La CIRBE del Banco de España y la lista de Hacienda no son ficheros de morosos. Puedes consultar gratis si estás y la anotación nunca puede superar cinco años.
Si te han denegado un préstamo, un móvil o un alquiler, lo primero es saber en qué fichero estás, quién te ha anotado y por cuánto. Con esos tres datos decides si pagas, si pides la baja o si la inclusión no debería existir. Esta guía es el mapa: cada apartado enlaza al artículo que lo desarrolla.
Mándanos lo que tengas (la carta, el SMS o el rechazo) y revisamos gratis si la anotación cumple la ley. Si no la cumple, pedimos la baja al acreedor y al fichero. La baja no borra la deuda: quita la anotación.
Revisión gratuita · Sin pago inicial · 180 € + IVA por anotación, solo si sale la baja
La ley no habla de «ficheros de morosos», sino de sistemas comunes de información crediticia. Los regula el art. 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), que no ha cambiado desde 2018, junto con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
El sistema funciona así: una empresa a la que debes dinero (el acreedor) comunica tu deuda al fichero; el fichero la guarda y la muestra a otras empresas que te van a financiar o a facturar. Tres ideas del art. 20 que conviene tener claras desde el principio:
Un fichero de morosos no es público: solo pueden consultarlo las empresas con las que tienes o vas a tener un contrato de pago.
Los registros que se buscan como «fichero de morosos», con sus datos oficiales a septiembre de 2026:
Registro | Quién lo gestiona | ¿Puede aparecer un particular? | Cuánto dura la anotación | Canal oficial | Coste |
|---|---|---|---|---|---|
ASNEF | ASNEF-Equifax Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L. (datos tratados por Equifax Ibérica, S.L.) | Sí | Mientras dure el impago, máximo 5 años desde el vencimiento | www2.equifax.es/consumidores · Apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid | Gratis |
Badexcug | Experian Bureau de Crédito, S.A.U. | Sí | Mientras dure el impago, máximo 5 años desde el vencimiento | portaldelconsumidor.experian.es · Apartado de Correos 1188, 28108 Alcobendas (Madrid) | Gratis |
RAI | Experian (gestión técnica) | No: solo personas jurídicas, desde 300 € | 60 meses | ficherorai.com | Acceso para acreedores |
CIRBE | Banco de España | Sí, pero no es un fichero de morosos | Se actualiza cada mes | aps.bde.es/cir_www (certificado o Cl@ve), presencial o por correo | Gratis |
ASNEF es el fichero de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito. Lo alimentan y lo consultan sus entidades asociadas, entre ellas bancos, cajas, cooperativas de crédito, telefónicas y aseguradoras. Cuando alguien te dice «estás en la lista de morosos», suele referirse a este o a Badexcug. Tienes su funcionamiento completo en qué es ASNEF.
Badexcug es el fichero de Experian. Según su propia información, le comunican datos bancos, financieras, telefónicas, aseguradoras, empresas de compra de deuda y empresas de energía y agua. Es distinto de ASNEF: puedes estar en uno, en el otro o en los dos por la misma deuda, y cada anotación se cancela por separado. Lo explicamos en Experian Badexcug: cómo consultarlo y salir.
Hay otros registros menores (Badexcug Comunidades de Propietarios, ASNEF Empresas, registros privados de impagos de alquiler). Si alguno trata tus datos, tienes frente a él los mismos derechos de acceso y supresión del RGPD.
Buena parte de la confusión viene de mezclar cuatro registros que no tienen nada que ver entre sí.
La CIRBE («fichero de morosos del Banco de España») no es un fichero de morosos. Es la Central de Información de Riesgos, con normativa propia (Ley 44/2002). Recoge los préstamos, créditos y avales que las entidades declaran cada mes, estés al día o no. Tener una hipoteca te hace aparecer en la CIRBE aunque no hayas fallado un solo recibo. El informe es gratuito y nadie «te saca» de ella: sale lo que la entidad deja de declarar. Todo en CIRBE: qué es y cómo pedir tu informe.
El RAI no es para particulares. El Registro de Aceptaciones Impagadas recoge impagos de letras, pagarés, cheques y recibos aceptados, exclusivamente de personas jurídicas y desde 300 €. Por eso «¿ASNEF y RAI es lo mismo?» tiene respuesta corta: no, y si eres un particular solo tienes que mirar ASNEF y Badexcug.
La lista de morosos de Hacienda es otra cosa. La publica la Agencia Tributaria cada año (la última, el 30 de junio de 2026) según el art. 95 bis de la Ley General Tributaria, y solo incluye a quien debe a Hacienda más de 600.000 € en deudas y sanciones tributarias no pagadas en periodo voluntario a 31 de diciembre del año anterior. No tiene relación con ASNEF ni con Experian.
El art. 20 de la LOPDGDD y la jurisprudencia del Tribunal Supremo fijan los requisitos. Si falta uno, la inclusión puede ser indebida:
Requisito | Qué significa en la práctica | Quién tiene que probarlo |
|---|---|---|
Deuda cierta, vencida y exigible | Existe, ha vencido y se puede reclamar (no prescrita, no exonerada) | El acreedor |
No discutida formalmente | Si antes de incluirte ya la habías reclamado ante un juzgado, una administración o un sistema de resolución de disputas vinculante, no pueden anotarla | El acreedor |
Aviso de la posible inclusión | En el contrato o al reclamarte el pago, indicando en qué ficheros participa | El acreedor |
Requerimiento previo de pago | Exigido por el Supremo; vale una carta ordinaria o un email si hay constancia razonable de que te llegó (STS 959/2022 y 960/2022). Un envío masivo sin prueba de recepción no basta (STS 946/2022) | El acreedor |
Notificación del fichero | El fichero debe notificarte la inclusión en los 30 días siguientes a que el acreedor le comunique la deuda; durante ese plazo, tus datos permanecen bloqueados (art. 20.1.c) | El fichero |
Plazo máximo | Solo mientras persista el impago y nunca más de 5 años desde el vencimiento | Acreedor y fichero |
Dos aclaraciones que evitan errores muy repetidos. Primera: la deuda tiene que ser de al menos 50 € de principal; el mínimo no está en el art. 20, sino en la disposición adicional sexta de la misma ley, y los intereses y recargos no cuentan (lo explicamos en deuda mínima para entrar en ASNEF). Segunda: no basta con no estar de acuerdo con la deuda para que no te incluyan; la ley habla de una reclamación administrativa, judicial o de un procedimiento vinculante. Tienes cada requisito desarrollado en inclusión indebida en ASNEF.
Las señales habituales: una carta o un SMS de Equifax o Experian (el aviso de los 30 días), un rechazo al pedir financiación o una llamada de recobro. Si te rechazan, quien consultó el fichero tiene que informarte del resultado (art. 20.1.f LOPDGDD). Pídeselo por escrito.
Para salir de dudas, consulta los dos ficheros. Es gratis (art. 12.5 RGPD) y tienen que responderte en un mes, prorrogable dos si el caso es complejo (art. 12.3 RGPD):
1. ASNEF: regístrate en el portal de consumidores de Equifax (www2.equifax.es/consumidores), sube tu DNI o NIE y pide el acceso al fichero ASNEF. Suele responder al momento con un PDF. Por correo, escribe al Apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid, con copia del DNI.
2. Badexcug: regístrate en portaldelconsumidor.experian.es o escribe al Apartado de Correos 1188, 28108 Alcobendas (Madrid). Experian no da datos por teléfono.
El teléfono 917 814 400 que aparece en muchas webs es la centralita de la asociación ASNEF: da información general y no puede decirte si estás en el fichero. Y ni ASNEF ni Equifax cobran por consultar, ni siquiera a través de intermediarios. Si una web te pide dinero por «ver tu ASNEF», no lo necesitas.
Tienes el paso a paso con capturas en cómo consultar ASNEF gratis.
El informe de acceso te dice qué entidad comunicó la deuda (la «entidad informante»), el importe y las fechas. Muchas veces el nombre no te suena: el art. 20.1.a permite que la comunique el acreedor o quien actúe por su cuenta o interés, y es frecuente que un banco o una teleco haya vendido la deuda a un fondo que es quien te anota. Si no sabes de dónde sale, el derecho de acceso del art. 15 RGPD obliga a darte cualquier información disponible sobre el origen de tus datos.
Cada sector tiene sus fallos típicos: facturas tras la portabilidad o por un router no devuelto en telefonía, facturas de cierre o del inquilino anterior en la luz, recibos de seguro posteriores a la extinción del contrato, deudas vendidas sin avisarte. Lo tienes ordenado en quién me ha metido en ASNEF, con artículos propios para deudas de telefonía, luz y gas y deudas vendidas a un fondo.
Cinco años como máximo desde el vencimiento de la deuda, y solo mientras siga sin pagarse (art. 20.1.d LOPDGDD). Si pagas, la anotación debe desaparecer; si pasan cinco años desde cada vencimiento impagado, también, aunque sigas debiendo. Así lo recoge la propia ASNEF en sus preguntas frecuentes.
Si lees en otra web que son seis años, es un plazo del reglamento de protección de datos de 2007, desplazado desde 2018 por la ley orgánica actual. Y no confundas dos relojes distintos:
Más detalle en cuánto tiempo se está en ASNEF, deuda prescrita en ASNEF y prescripción de deudas de teléfono, luz y gas.
Depende de si la deuda es tuya, si la has pagado y si la inclusión cumplió los requisitos. Estas son las vías, todas gratuitas si las haces tú, con los plazos que marca la norma y no los que promete la publicidad:
Tu situación | Vía | Plazo real |
|---|---|---|
Debes y pagas | Pagar y exigir la baja al acreedor y al fichero con el justificante (en ASNEF, si pagaste todo, también con el formulario de «Cancelación Ágil» de Equifax) | Baja inmediata según la AEPD, que da una semana al acreedor para comunicarlo (criterio de la AEPD, no plazo legal); tu solicitud, un mes, prorrogable dos |
La anotación incumple un requisito | Supresión (art. 17 RGPD) ante el fichero y el acreedor | Un mes, prorrogable dos |
El importe está mal | Rectificación (art. 16 RGPD) | Un mes, prorrogable dos |
Impugnas la exactitud | Limitación (art. 18.1.a RGPD): el fichero solo informa de que hay una impugnación | Mientras se resuelve |
Deuda con Orange, Telefónica, Vodafone o MásMóvil | Mediación gratuita de AUTOCONTROL (código aprobado por la AEPD) | 30 días como máximo |
No te contestan o se niegan | Reclamación ante la AEPD | Traslado a la empresa, un mes; admisión, tres meses |
Deuda exonerada (segunda oportunidad) | Supresión: ya no es exigible | Un mes |
Ninguna de las anteriores | Esperar | 5 años desde el vencimiento |
Lo que se vende como «baja cautelar» es la limitación de la cuarta fila: solo procede si impugnas la deuda con fundamento y no sirve para desaparecer unas semanas y pedir un préstamo. Lo desarrollamos en baja cautelar en ASNEF.
La exoneración va en serio: la AEPD multó a ASNEF-Equifax con 200.000 € (PS/00103/2024, 13 de mayo de 2026) por mantener una deuda exonerada.
Si ya pagaste y sigues apareciendo, ve a he pagado y sigo en ASNEF; si quieres hacerlo tú, usa el modelo de carta de cancelación para ASNEF y Experian. Guía completa: salir de ASNEF.
Salir del fichero no borra la deuda: si la debes, te la pueden seguir reclamando hasta que prescriba. Antes de pagar a una recobradora, pide por escrito el detalle y quién es el acreedor, y no firmes reconocimientos de deuda sin revisarlos. Si la debes y puedes pagarla, es la vía más rápida.
Pedimos la baja al acreedor y al fichero, reclamamos ante la AEPD si hace falta y comprobamos que la anotación desaparece en ASNEF y en Experian. Tú no tienes que escribir a nadie.
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Es indebida cuando falla alguno de los requisitos de arriba. Los supuestos más repetidos en sentencias y resoluciones de la AEPD:
La AEPD sanciona estos fallos aunque la deuda exista: multó con 200.000 € a Credifimo (PS/00209/2024, 120.000 € con reducciones) por no advertir de la posible inclusión al reclamar el pago. Registro completo en multas de la AEPD por ficheros de morosos y cómo reclamar en denuncia ante la AEPD.
Matiz honesto: no toda inclusión que molesta es indebida. Si la deuda es real, te avisaron y no has pagado, la anotación es legal y toca pagar o negociar.
Sí, si la inclusión fue indebida. Una anotación sin base legal es una intromisión en el derecho al honor (art. 7.7 de la Ley Orgánica 1/1982) y el perjuicio se presume: no tienes que demostrar que te denegaron nada (art. 9.3). Tienes cuatro años para reclamar (art. 9.5).
En las sentencias del Supremo que hemos revisado, las indemnizaciones van de 1.500 € (STS 1835/2025, deuda real pero sin requerimiento previo) a 10.000 € (entre otras, STS 81/2015 y 267/2023; la segunda, un caso de suplantación de identidad con larga permanencia en el fichero). El Supremo rechaza las cantidades simbólicas, pero también desestima demandas: una cifra equivocada no vulnera el honor por sí sola si de verdad debías (STS 280/2024). Lo que sube o baja la cuantía (tiempo, consultas, denegaciones) está en cuánto pagan por inclusión indebida en ASNEF y la guía completa en indemnización por ASNEF.
Revisamos gratis si tu caso tiene base y la reclamamos primero sin juicio al acreedor. Si no obtenemos nada, no pagas nada.
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Tu situación | Qué hacer primero | Dónde lo explicamos |
|---|---|---|
Me han rechazado un préstamo o un móvil | Pide el resultado de la consulta y mira los dos ficheros | |
Me ha llegado una carta o un SMS del fichero | Revisa la deuda en los 30 días de bloqueo | |
No sé quién me ha metido | Pide el acceso: sale la entidad informante | |
He pagado y sigo | Envía el justificante al acreedor y al fichero | |
La deuda no es mía | Denuncia si hay fraude y pide la supresión | |
No me avisaron antes | Pide la prueba del requerimiento | |
Ya la estaba reclamando | Guarda la reclamación y pide la supresión | |
El importe no cuadra | Pide la rectificación con desglose | |
La deuda tiene años | Calcula prescripción y límite de 5 años | |
Deuda de teléfono | Reclama a la operadora; valora AUTOCONTROL | |
Deuda de luz o gas | Mira si es la factura de cierre o de otro titular | |
Han vendido mi deuda a un fondo | Pide la cesión y el requerimiento | |
Me llama una recobradora | No pagues sin el detalle por escrito | |
Deuda de banco, tarjeta o seguro | Revisa si estaba reclamada o el seguro extinguido | |
Tengo que alquilar o financiar algo | Limpia antes la anotación si es incorrecta | |
Quiero una indemnización | Revisa el plazo de 4 años | |
Quiero hacerlo yo | Usa el modelo y guarda la prueba de envío |
Verificamos tus anotaciones y pedimos su cancelación por vía extrajudicial frente a cualquier acreedor: bancos, financieras, telefónicas, luz y gas, aseguradoras, fondos y recobradoras. Trabajamos sobre la anotación, no sobre la deuda: la baja no extingue ni rebaja lo que debas. Discutir la deuda (usura, cláusulas, cobros indebidos) es un encargo distinto, por ejemplo reclamar una tarjeta revolving o reclamar un microcrédito.
Honorarios, solo si hay resultado:
Ejemplo orientativo
Una deuda de telefonía aparece en ASNEF y en Experian y la inclusión fue indebida. Conseguimos las dos bajas: dos anotaciones, 360 € + IVA. Si el acreedor acepta pagarte 3.000 € de indemnización sin juicio, esa parte son 900 € + IVA. Si solo sale una baja, 180 € + IVA (217,80 € con IVA). Si no sale ninguna, no pagas nada.
Si tu caso es sencillo (una deuda pagada que tarda en salir, un error evidente), hazlo tú gratis con el modelo de carta. Hay servicios que cobran por empezar; nosotros no. Encajamos cuando no contestan, se niegan, estás en varios ficheros o puede haber indemnización. Más información en abogados para salir de ASNEF.
Envíanos el informe de ASNEF o Experian (o solo el SMS o la carta) y te decimos qué anotaciones se pueden cancelar, cuáles no y si te compensa hacerlo tú.
Revisión gratuita · Sin pago inicial · Solo pagas si sale la baja
Sí. Un autónomo es una persona física, así que el RGPD y el art. 20 de la LOPDGDD le protegen como a cualquier particular: mismos requisitos para incluirle, mismo límite de cinco años, mismos derechos de acceso y supresión y la misma indemnización por vulneración del honor. El RAI, en cambio, solo recoge impagos de personas jurídicas.
El RGPD protege solo a personas físicas, así que una sociedad no puede usar los derechos de acceso o supresión como un particular. Puede aparecer en el RAI (impagos desde 300 €, durante 60 meses) y en ASNEF Empresas. La vía es reclamar al acreedor y al fichero con argumentos de fondo; valoramos cada caso por separado.
No. ASNEF es el fichero de Equifax donde bancos, financieras, telefónicas o aseguradoras anotan deudas impagadas. El RAI es otro registro, gestionado técnicamente por Experian, que solo recoge letras, pagarés, cheques y recibos aceptados impagados por personas jurídicas, desde 300 €. Un particular no puede estar en el RAI; en cambio, sí puede estar en ASNEF y en Badexcug a la vez.
No. Lo que se suele llamar así es la CIRBE, que recoge todos tus préstamos, créditos y avales declarados por las entidades, estés al corriente o no. Las entidades la usan para ver todo lo que debes; aparecer en ella no significa ser moroso. El informe es gratuito y se pide en la sede del Banco de España con certificado electrónico o Cl@ve.
No. ASNEF y Badexcug no son públicos: solo pueden consultarlos las empresas con las que tienes un contrato de pago o a las que pides financiación, pago aplazado o facturación periódica. La lista pública que suele confundirse con ellos es la de Hacienda, que solo incluye deudas tributarias de más de 600.000 €.
No deberían. El acreedor tiene que informarte de la posible inclusión (en el contrato o al reclamarte el pago) y requerirte el pago antes; el fichero, notificarte la inclusión en los 30 días siguientes a recibir la deuda, con los datos bloqueados mientras tanto. Si no pueden probarlo, la inclusión puede ser indebida. El Supremo acepta una carta ordinaria o un email si hay constancia razonable de que te llegó.
No. El fichero solo informa de la deuda. Un embargo exige una orden judicial (o administrativa, si la deuda es con una administración) y, aun así, el salario hasta el salario mínimo, 1.221 € al mes en 2026, es inembargable. Si te llega una carta del juzgado, no la ignores: los plazos para oponerte son cortos.
Consultar ASNEF gratis con tu DNI: portal oficial de Equifax con capturas, vía postal con modelo de carta, qué te devuelven y en qué plazo. Guía 2026.
Cómo salir de ASNEF pagando, sin pagar si la inclusión es indebida, con deuda discutida o de más de 5 años. Plazos reales, qué es gratis y qué no funciona.
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