Cálculo de la indemnización por derecho al honor por ASNEF: calculadora orientativa
Cálculo de la indemnización por derecho al honor por ASNEF: método según sentencias del Supremo, escenarios orientativos de 0 a 10.000 € y ejemplos.
Cuánto pagan por inclusión indebida en ASNEF depende del caso: en las sentencias del Tribunal Supremo que hemos verificado de 2015 a 2026, va de 1.500 a 10.000 €. La mayoría de los casos con poca difusión se quedan en 2.000 o 3.000 €; los 8.000 o 10.000 € llegan cuando se juntan años en el fichero, muchas consultas, denegaciones o una deuda que nunca fue tuya.
No hay tarifa. En las sentencias del Supremo verificadas se han concedido de 1.500 a 10.000 €: unos 2.000-3.000 € con pocas consultas y sin denegaciones, 6.000-8.000 € con meses de permanencia y varias consultas, y 10.000 € en los casos más graves. El daño se presume y no caben cifras simbólicas, pero con deuda real se modera.
Te contamos qué hace subir o bajar la cifra, con la sentencia que lo dice y cómo puedes probar cada cosa. Y también lo que muchos callan: hay casos en los que la respuesta honesta es cero.
Si te preguntas cuánto te pagan por estar mal en ASNEF, estas son las horquillas que salen de las sentencias del Supremo verificadas. Cada fila es un tipo de caso, no una promesa:
Tipo de caso | Cuánto ha dado el Supremo | Ejemplos |
|---|---|---|
Deuda real, falló el aviso previo | 0 a 1.500 € | 1835/2025 (1.500 €); 5/2026 (nada) |
Inclusión indebida sin denegaciones ni repercusión concreta | 2.000 a 3.000 € | 1314/2026 (2.000 €); 359/2026, 237/2019, 115/2019, 248/2023 (3.000 €) |
Varios meses o más de un año, varias consultas | 6.000 a 8.000 € | 388/2018 (6.000 €); 261/2017 (7.000 €); 512/2017 y 699/2021 (8.000 €) |
Casos graves, con varios agravantes | 10.000 € | 81/2015, 174/2018, 245/2019, 267/2023 |
En ninguna de las 14 sentencias estimatorias verificadas se pasa de 10.000 €. Si alguien te promete una cifra «media» mucho más alta, pregúntale de qué sentencias sale. La tabla completa, con los hechos de cada caso, está en sentencias del Supremo sobre inclusión indebida en ficheros de morosos.
Dinos qué deuda te anotaron, cuánto tiempo llevas en el fichero y si te han denegado algo. Te decimos qué horquilla es realista y si merece la pena reclamar.
Revisión gratuita · Sin pago inicial · 30 % + IVA solo de lo que obtengas
No. La Ley Orgánica 1/1982, de protección del derecho al honor, lo dice así en su art. 9.3: «La existencia de perjuicio se presumirá siempre que se acredite la intromisión ilegítima.» Y añade que el daño moral se valorará «atendiendo a las circunstancias del caso y a la gravedad de la lesión efectivamente producida», teniendo en cuenta la difusión.
Traducido:
Si además tuviste un perjuicio económico concreto y lo puedes demostrar, también se indemniza: la tutela del art. 9.2 incluye la indemnización de los daños y perjuicios. En la práctica, el Supremo ha hablado de un daño patrimonial «difuso» (STS 248/2023): la dificultad de acceder al crédito, aunque no se cuantifique.
Factor | Qué dicen las sentencias | Cómo lo pruebas |
|---|---|---|
Tiempo en el fichero | 5 años en la 267/2023 y más de 3 en la 245/2019: 10.000 € en ambas | Informe del fichero con la fecha de alta y la de baja |
Consultas de terceros | 47 en la 267/2023 (10.000 €); unas 11 en la 388/2018 (6.000 €); 7 en la 699/2021 (8.000 €) | Derecho de acceso al fichero pidiendo los destinatarios de tus datos |
Denegaciones | Negarle una tarjeta pesó en la 174/2018 (10.000 €); su falta rebajó la 359/2026 y la 1314/2026 | Carta o email de la entidad que te denegó; puedes exigirla (art. 20.1.f LOPDGDD) |
Gestiones para salir | Pedir la baja sin éxito cuenta a tu favor (81/2015, 248/2023) | Copia de tus escritos y de las respuestas o del silencio |
Dos ficheros a la vez | 81/2015, 261/2017 y 512/2017 | Informe de ASNEF y de Experian |
La deuda nunca fue tuya | Suplantación de identidad: 10.000 € en la 267/2023 | Denuncia, reclamaciones al acreedor y cualquier prueba de que no contrataste |
Cuanto más tiempo te presentan como moroso, más daño. Es el factor más intuitivo, pero no funciona solo: en la STS 359/2026 la persona estuvo 2 años y 8 meses y recibió 3.000 €, porque apenas hubo consultas. El tiempo pesa sobre todo cuando se combina con consultas.
Es probablemente el factor que más mueve la cifra. Cada entidad que consulta el fichero y te ve como moroso es una difusión del dato. Para saber cuántas han sido, ejerce tu derecho de acceso ante ASNEF y Experian y pide expresamente los destinatarios de tus datos (art. 15 RGPD); cómo hacerlo, en consultar ASNEF gratis. Sin ese listado, se reclama a ciegas.
Que te nieguen un préstamo, una tarjeta, un contrato de móvil o una financiación por el fichero es el daño más visible. Pide siempre la denegación por escrito: quien consulta el fichero y no te da el contrato por lo que ve tiene que informarte del resultado de la consulta (art. 20.1.f LOPDGDD). Una llamada en la que «te dicen que sales en ASNEF» casi nunca se puede probar después.
Si pediste la baja, explicaste por qué era indebida y te ignoraron, el daño se alarga por culpa de la empresa. El Supremo lo tuvo en cuenta en la 81/2015 y en la 248/2023. Guarda cada escrito y su prueba de envío.
Mucha gente cree que por una deuda de 80 € «no le van a dar nada». No es así. El Supremo ha dicho varias veces que la escasa cuantía de la deuda no reduce el daño (STS 81/2015 y 267/2023). Compara:
El importe anotado no mide tu reputación. Lo que la daña es aparecer como moroso ante quien te consulta, debas 80 € o 60.000.
Porque el Supremo lo ha rechazado una y otra vez. Cuando una Audiencia rebaja la cifra a algo testimonial, la sube:
Sentencia | Lo que dio la Audiencia | Lo que dio el Supremo | Qué dijo |
|---|---|---|---|
261/2017 | 2.000 € | 7.000 € | Rechaza la cuantía simbólica |
512/2017 | 1.500 € | 8.000 € | Las cifras simbólicas tienen un «efecto disuasorio inverso» |
388/2018 | 2.000 € | 6.000 € | Una cifra simbólica convierte la tutela en un «acto ritual» |
699/2021 | 2.000 € | 8.000 € | Repite el efecto disuasorio inverso |
267/2023 | 3.000 € | 10.000 € | Ídem, en un caso de suplantación |
El «efecto disuasorio inverso» es fácil de entender: si incluir mal a alguien sale casi gratis, a la empresa no le compensa revisar antes, y al afectado no le compensa reclamar. Una cifra simbólica premia justo la conducta que la ley quiere evitar.
No. Circula la idea de que el Supremo ha fijado 2.000 € como umbral mínimo, pero en la STS 1835/2025 consideró que 1.500 € no era simbólico en un caso en el que la deuda era real y solo faltó el requerimiento. Lo que prohíbe el Supremo es la cifra que no repara nada; no ha puesto un suelo en euros. La indemnización repara el daño, no castiga a la empresa, y se ajusta a cada caso.
La cifra la propone quien reclama y la ajusta el juez o se negocia. Tres ideas salen de las sentencias:
1. Pedir mucho no asegura cobrar mucho. En la 1835/2025 se pedían 10.000 € y se concedieron 1.500; en la 1314/2026 se pedían 3.000 y se concedieron 2.000.
2. Los excesos se corrigen. En la 245/2019 la Audiencia había dado 40.000 € y el Supremo lo dejó en 10.000, comparando con casos similares.
3. Una cifra razonada negocia mejor. En una reclamación sin juicio, lo que convence al acreedor es una cantidad apoyada en sentencias parecidas y en tus pruebas, no una cifra redonda.
Para situar tu caso con estos factores, usa la calculadora orientativa de indemnización.
La reclamación de la indemnización la hacemos primero sin juicio, sin pago inicial, y cobramos el 30 % + IVA de lo que se obtenga. Si no se obtiene nada, no pagas nada por esta parte. Con indemnizaciones en las horquillas del Supremo:
Indemnización obtenida | Honorarios (30 % + IVA) | Te queda |
|---|---|---|
2.000 € | 726 € | 1.274 € |
3.000 € | 1.089 € | 1.911 € |
6.000 € | 2.178 € | 3.822 € |
10.000 € | 3.630 € | 6.370 € |
Si además conseguimos la baja de la anotación, son 180 € + IVA por cada anotación cancelada, solo si sale. Si no hay acuerdo y decides demandar, el juicio es un encargo aparte con su propio presupuesto. Cómo funciona la reclamación sin juicio, en reclamar la indemnización por ASNEF sin juicio.
Pedimos al fichero quién te ha consultado, recopilamos tus denegaciones y reclamamos al acreedor una cifra apoyada en sentencias parecidas a tu caso.
Sin pago inicial · 30 % + IVA solo de lo que obtengas · Juicio, encargo aparte
Es de los casos que más se pagan, porque la deuda nunca fue tuya. En la STS 267/2023 una persona estuvo 5 años en ASNEF por una deuda de Orange fruto de una suplantación de identidad, con 47 consultas: el Juzgado dio 20.000 €, la Audiencia 3.000 y el Supremo 10.000 €. Lo primero es denunciar y pedir la baja: ASNEF por una deuda que no es mía.
Una denegación acreditada es uno de los factores que más pesan, porque demuestra que el dato causó un perjuicio real (STS 174/2018). Lo decisivo es poder probarla: pide a la entidad por escrito el resultado de la consulta, al que tienes derecho según el art. 20.1.f de la LOPDGDD. Si además perdiste dinero concreto, puede reclamarse aparte si se prueba.
Si hubo intromisión en tu honor, es poco probable que se sostenga. El Supremo ha subido cifras de 1.500 y 2.000 € que dejaban las Audiencias en casos con meses en el fichero y varias consultas (261/2017, 512/2017, 388/2018, 699/2021). Lo más bajo que ha avalado en nuestra tabla son 1.500 €, en un caso de deuda real (STS 1835/2025). Si no hubo intromisión, en cambio, no hay indemnización.
Salir no te quita el derecho mientras estés dentro de los 4 años de caducidad de la acción. Lo que sí influye es cuánto tiempo estuviste y cuántas consultas hubo mientras tanto. En la STS 359/2026 la anotación se había cancelado antes de la demanda y el Supremo concedió 3.000 €. El plazo está en plazo para reclamar la indemnización.
No. La AEPD puede sancionar y ordenar la supresión, pero no indemniza al afectado. Tu indemnización solo llega por acuerdo con el acreedor o por sentencia de un juez civil. Las dos vías son compatibles y se pueden usar a la vez: reclamación ante la AEPD.
El Supremo tiene en cuenta que el dato se difundió por dos ficheros: pasó en la 81/2015 (ASNEF y Badexcug, 10.000 €) y, con dos ficheros, en la 261/2017 (7.000 €) y la 512/2017 (8.000 €). No se suman dos indemnizaciones automáticas, pero la difusión es mayor. Para la baja, en cambio, cada fichero es una anotación distinta.
Hay inclusiones que no dan indemnización. Si es tu caso y la anotación sobra, te ayudamos solo con la baja; si hay base, negociamos la indemnización.
Revisión gratuita · 180 € + IVA por anotación, solo si sale la baja · 30 % + IVA de la indemnización
Si estás empezando, la guía completa es indemnización por inclusión indebida en ASNEF, y el contexto general de los ficheros, la guía de ficheros de morosos.
Cálculo de la indemnización por derecho al honor por ASNEF: método según sentencias del Supremo, escenarios orientativos de 0 a 10.000 € y ejemplos.
Sentencias sobre inclusión indebida en fichero de morosos: tabla verificada del Supremo 2015-2026 con hechos, cuantías de 1.500 a 10.000 € y desestimadas.
Indemnización ASNEF por inclusión indebida: el Supremo ha dado entre 1.500 y 10.000 €. Cuándo tienes derecho, qué la sube y cómo reclamarla sin juicio.