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Demanda contra el banco: requisito previo, juicio verbal u ordinario, costas y qué pedir en fraude e hipoteca

Para poner una demanda al banco por un fraude bancario, por phishing o por la hipoteca, primero tienes que haberle reclamado por escrito lo mismo que vas a pedir al juez y haber esperado su respuesta o el final de su plazo. Con ese escrito y su contestación (o su silencio), la demanda se presenta en la sección civil del Tribunal de Instancia, normalmente la de tu domicilio: por juicio verbal hasta 15.000 € o si pides la nulidad de una cláusula, y por ordinario en lo demás.

Respuesta rápida

Antes de demandar a un banco, un consumidor debe reclamarle por escrito y esperar a que conteste o a que venza su plazo: eso cumple el requisito previo de la Ley Orgánica 1/2025. Después, la demanda va por juicio verbal hasta 15.000 € o si pides la nulidad de una cláusula, y por ordinario por encima. Abogado y procurador son obligatorios salvo en verbales por cuantía de hasta 2.000 €.

Si todavía no has reclamado, empieza por cómo reclamar al banco: de ese escrito depende que la demanda se admita.

Antes de demandar al banco: el requisito previo de la LO 1/2025 (MASC)

Desde el 3 de abril de 2025, en lo civil y con carácter general, no se admite una demanda sin haber intentado antes un medio adecuado de solución de controversias, el llamado MASC (art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025). Para los consumidores basta la reclamación extrajudicial previa a la empresa con la que contrataste, si no responde en el plazo de su normativa o su respuesta no te satisface, o la resolución de una reclamación ante el Banco de España (disposición adicional séptima).

Tres detalles que deciden si tu reclamación previa sirve:

  • Tiene que pedir lo mismo que la demanda. La ley exige identidad entre el objeto de la negociación y el del litigio (art. 5.1). Si reclamaste solo la notaría y quieres demandar por todos los gastos y la suelo, reclama antes lo que falta.
  • Tiene que poder probarse. La demanda debe acompañar el documento que acredite el intento de negociación (art. 264.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, LEC). Sin él, el juzgado puede inadmitirla (art. 403.2). Sirve cualquier documento que pruebe que el banco recibió tu propuesta, en qué fecha y con su contenido completo (art. 10.2 de la LO 1/2025).
  • Tiene que esperar su plazo. El banco dispone de un mes para contestar a un consumidor, o de 15 días hábiles en pagos, tarjetas y transferencias, como explicamos en la hoja de reclamaciones del banco.

En préstamos y créditos, el artículo 439 bis de la LEC obliga al banco a admitir o denegar tu reclamación con un cálculo desglosado, intereses incluidos, y a dar sus motivos si la rechaza, sin poder alegar otros distintos en el juicio. Sin acuerdo en un mes, queda abierta la vía judicial.

Ese intento de negociación interrumpe además la prescripción (art. 7.1 de la LO 1/2025) y pesa en las costas, como verás abajo.

¿Te han rechazado la reclamación?

Pásanos el escrito que enviaste y lo que te contestaron. Te decimos gratis si el rechazo se sostiene y si tu escrito sirve como requisito previo para demandar.

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Juicio verbal u ordinario: qué procedimiento lleva tu demanda

Lo marcan la cuantía y la acción que ejercitas (arts. 249 y 250 LEC), no tu elección.

Lo que pides al juez

Procedimiento

¿Abogado y procurador?

Que te devuelvan un cargo o una transferencia de hasta 2.000 €

Verbal

No son obligatorios

Una devolución de más de 2.000 € y hasta 15.000 €

Verbal

Sí

Una devolución de más de 15.000 €

Ordinario

Sí

La nulidad de la cláusula suelo o de la de gastos, con su devolución

Verbal, sea cual sea la cuantía

Sí, por regla general

Algo cuyo valor no se puede calcular

Ordinario

Sí

La regla de la nulidad de cláusulas viene del artículo 250.1.14.º LEC: desde el 20 de marzo de 2024, las acciones individuales sobre condiciones generales de la contratación van por el verbal aunque reclames mucho dinero. En cambio, la excepción de los 2.000 € sin abogado ni procurador solo está prevista para los verbales «por razón de la cuantía» (arts. 23 y 31 LEC). La nulidad de una cláusula es un verbal por la materia, así que en una reclamación pequeña de gastos conviene decidir antes cómo se plantea.

Las sentencias de verbales por cuantía de hasta 3.000 € no tienen apelación (art. 455.1 LEC); en lo demás, quien pierde puede recurrir ante la Audiencia Provincial.

A qué juzgado va la demanda contra el banco

Cuando pides la nulidad o la no incorporación de una cláusula de condiciones generales, es competente el tribunal de tu domicilio (art. 52.1.14.º LEC). En las demás acciones individuales de un consumidor, como la devolución de un fraude, puedes elegir entre el tribunal de tu domicilio y el que corresponda al banco por las reglas generales (art. 52.3). Desde el 31 de diciembre de 2025, los juzgados que quedaban se transformaron en secciones de los Tribunales de Instancia (disposición transitoria primera de la LO 1/2025).

En hipotecas de personas físicas, el Consejo General del Poder Judicial atribuyó en 2017 las condiciones generales a determinados juzgados, en general uno por provincia (Acuerdo de 25 de mayo de 2017), y el propio acuerdo preveía cambiar ese reparto. Comprueba al presentar la demanda qué sección de tu provincia conoce hoy de estos asuntos.

Demanda al banco por fraude bancario o phishing

En un fraude, la demanda pide que el banco te devuelva las operaciones que no autorizaste, con el interés legal y las costas. La base es el Real Decreto-ley 19/2018 de servicios de pago, y tu punto fuerte es la carga de la prueba: el banco tiene que demostrar que la operación se autenticó y registró correctamente y que actuaste con fraude o negligencia grave; el simple registro de tus claves no basta (art. 44). Cómo lo aplican el Supremo y las Audiencias está en negligencia grave en el phishing.

Lo que conviene llevar a la demanda:

1. La reclamación al banco con su fecha y su respuesta, o la prueba de que no contestó. 2. El extracto con cada operación, la hora a la que avisaste y el número de incidencia. 3. Las capturas del SMS, del correo o de la web falsa y el registro de llamadas, sin recortar la fecha. 4. La denuncia ante la policía, la Guardia Civil o el juzgado. 5. Los registros de autenticación que pediste al banco. Si no te los dio, puede valorarse pedir su exhibición al juez mediante diligencias preliminares, que no exigen el trámite previo (art. 5.3 de la LO 1/2025).

Si la transferencia la hiciste tú, engañado por alguien que se hacía pasar por el banco o por un familiar, la operación es autorizada y la demanda se apoya en otros argumentos, como los fallos de control del banco: una vía más estrecha, que explicamos en transferencia fraudulenta. El plazo para demandar por un fraude, como regla general, es de cinco años (art. 1964.2 del Código Civil), siempre que avisaras al banco sin demora y dentro de los 13 meses desde el cargo.

No te presentes ante el banco ni ante el juez diciendo «la culpa fue mía». Describe los hechos: qué recibiste, desde qué número, qué hiciste y a qué hora avisaste. La valoración de si hubo negligencia grave le toca probarla al banco.

Demanda de cláusula suelo y gastos hipotecarios en un solo juicio

Si tu hipoteca tenía suelo y además pagaste los gastos de formalización, no necesitas dos pleitos: la LEC permite acumular en una demanda las acciones que tengas contra el mismo demandado, siempre que no sean incompatibles (art. 71.2). Como salen de la misma escritura, la cuantía es la suma de lo que reclamas por cada una (art. 252, regla 2.ª).

Qué incluye, en esquema:

  • Partes: tú y la entidad que hoy responde por tu hipoteca, que puede no ser la caja con la que firmaste si hubo absorciones.
  • Hechos: fecha de la escritura, texto literal de cada cláusula, facturas de notaría, registro, gestoría y tasación, cuotas pagadas con suelo, y tu reclamación previa con la respuesta.
  • Petición: nulidad de cada cláusula, devolución de lo cobrado por ellas con el interés legal desde cada pago, y costas.

Cada acción tiene su propio recorrido: gastos de la hipoteca, cláusula suelo en 2026 y el semáforo de reclamaciones de la hipoteca. El IRPH puede ir en la misma demanda, pero tras las sentencias del Supremo de noviembre de 2025 tiene más riesgo de costas que el resto. Un modelo de demanda descargado sirve para ver la estructura, no para presentarlo tal cual.

¿Tienes suelo y gastos en la misma hipoteca?

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Costas: quién paga el juicio si ganas y si pierdes

Las costas son, sobre todo, los honorarios del abogado y del procurador de cada parte. Las reglas de la LEC:

  • Si el juez rechaza todo lo que pides, pagas las costas del banco, salvo que aprecie serias dudas de hecho o de derecho, valoradas con la jurisprudencia de casos parecidos (art. 394.1). Si es el banco quien pierde del todo, paga las tuyas con la misma salvedad.
  • Si el juez te da la razón solo en parte, cada uno asume sus costas y las comunes se reparten por mitad (art. 394.2).
  • Hay un tope: por honorarios de abogado, quien pierde paga como máximo un tercio de la cuantía del proceso a cada contrario vencedor (art. 394.3).
  • Si demandas con abogado y procurador sin ser obligatorios, tras una reclamación extrajudicial previa como consumidor, y el banco es condenado en costas, entran en la tasación los derechos del procurador y los honorarios del abogado, sin el límite del tercio (art. 32.5).
  • Si el banco acepta la demanda sin haberla contestado (allanamiento), la regla es que no se le imponen costas, a menos que el juez vea mala fe. La ley la aprecia cuando antes le requeriste de forma fehaciente y justificada o cuando rechazó el acuerdo que le ofreciste (art. 395.1). Y si no acudió sin causa al trámite previo y luego se allana, se le condena en costas salvo circunstancias excepcionales (art. 395.3).
  • Si una parte rehusó el trámite previo sin causa, no puede obtener costas a su favor aunque gane (art. 394.1), y puede ser condenada a pagarlas aunque la estimación sea parcial (art. 394.2).

Como persona física no pagas tasa judicial. Nadie puede asegurarte una condena en costas al banco: antes de demandar, ten por escrito cuánto te costaría perder.

Cuánto tarda una demanda contra el banco

No hay una cifra fiable para todos los juzgados. Lo que sí está fijado por ley:

Tramo

Plazo

Respuesta del banco a tu reclamación previa

Un mes; 15 días hábiles en pagos

Contestación del banco a una demanda verbal

10 días hábiles (art. 438 LEC)

Contestación en el juicio ordinario

20 días hábiles

Intereses desde la sentencia que condena a pagar

Interés legal más dos puntos (art. 576 LEC)

El Consejo General del Poder Judicial publica la duración media, en meses, de los asuntos terminados en cada tipo de órgano: sirve para comparar territorios, no para saber cuándo acabará el tuyo. A eso se suma el recurso, si cabe, y el banco puede allanarse o pactar en cualquier momento.

Cuánto cuesta reclamar al banco con nosotros

Nuestro trabajo es la reclamación extrajudicial al banco, que deja cumplido el requisito previo de la demanda. Revisar tu caso no cuesta nada, y antes de firmar recibes un estudio de viabilidad que fija tu tarifa. En la modalidad estándar, más IVA, según la página de precios de reclamaciones bancarias:

  • Hipotecas (gastos, suelo, IRPH, seguros, multidivisa): 99 € y un 25 % sobre lo que recuperes, mínimo 199 €, solo si hay resultado.
  • Fraude no autorizado (phishing, cargos y transferencias que no ordenaste): 99 € y un 25 %, solo si hay resultado.
  • Fraude autorizado bajo engaño: provisión de 150 € a cuenta, pagada al firmar y restada luego de tus honorarios, y un 25 % sobre lo que recuperes. Sin éxito, esa provisión no se devuelve, salvo desistimiento en el plazo legal.

Los porcentajes se aplican sobre lo recuperado, incluidos los intereses. Demandar sería otro encargo: si el banco no paga y vemos base, te damos por escrito el presupuesto y el riesgo de costas, y no se presenta nada sin tu aceptación. Cómo cobra un abogado en cada fase está en abogado para reclamaciones bancarias.

Prepara la demanda con una reclamación que cuente

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Preguntas frecuentes sobre la demanda contra el banco

¿Se puede demandar al banco sin reclamar antes?

No, salvo excepciones que no suelen darse en asuntos bancarios. Desde el 3 de abril de 2025 la demanda civil exige un intento previo de negociación, y para un consumidor lo cumple la reclamación escrita al banco que no se contesta en plazo o se contesta mal. Sin el documento que lo acredite, el juzgado puede inadmitir la demanda.

¿Qué pasa si el banco no contesta a mi reclamación previa?

Su silencio cuenta. Si pasa el plazo del servicio de atención al cliente (un mes, o 15 días hábiles en pagos) sin respuesta, el requisito previo queda cumplido y puedes demandar. Guarda la prueba de envío con fecha.

¿Puedo demandar al banco sin abogado?

Puedes, si reclamas 2.000 € o menos y el juicio es verbal por la cuantía, por ejemplo para recuperar un cargo pequeño. Si pides la nulidad de una cláusula, el verbal lo es por la materia y la excepción no está prevista para él. Aunque no sea obligatorio, si demandas con abogado tras reclamar antes y ganas con costas, sus honorarios entran en la tasación.

¿La reclamación de gastos de hipoteca va por juicio verbal u ordinario?

Si pides la nulidad de la cláusula de gastos y la devolución como consecuencia, por el verbal, sea cual sea la cuantía, porque es una acción individual sobre condiciones generales. Si acumulas otras acciones o la cuantía no se puede determinar, puede corresponder el ordinario. Se decide al redactar la demanda.

¿Puedo demandar al banco por phishing si di mis claves?

Sí. Que usaras tus claves o un código SMS no prueba por sí solo que autorizaras la operación ni que fueras negligente: eso tiene que demostrarlo el banco. Lo que pesa es cómo fue el engaño y qué puedes probar. Si fuiste tú quien hizo la transferencia engañado, el caso es distinto y más difícil.

¿Sirve el informe del Banco de España en el juicio?

Sirve como prueba y como argumento, pero no obliga al juez. La resolución de tu reclamación ante el Banco de España también cuenta como requisito previo para demandar, y si el informe te fue desfavorable puedes demandar igualmente. Cómo seguir el expediente está en estado de la reclamación en el Banco de España.

José Luis Ortiz León, abogado

José Luis Ortiz LeónAbogado · ICAB nº 12615

Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB nº 12615), con más de 30 años de ejercicio. Dirige el equipo jurídico de sinpleitos y ha revisado esta guía.

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Última actualización: 5 de noviembre de 2026.

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