Reclamar al banco en 2026: qué puedes reclamar, en qué orden y con qué plazos
Cómo reclamar al banco en 2026: qué se puede recuperar (hipoteca, comisiones, fraude, préstamos), plazos de cada paso y cuándo te compensa un abogado.
Un abogado de reclamaciones bancarias estudia si lo que perdiste en un fraude o lo que te cobró el banco se puede recuperar, escribe la reclamación que la ley exige antes de ir a juicio y, si el banco no paga, lleva la demanda. Puede ser de cualquier ciudad; lo que debes saber antes de firmar es cuánto pagas en cada escenario, también si no se recupera nada.
Para reclamar al banco por fraude, cláusula suelo, gastos o IRPH no necesitas un abogado de tu ciudad: la reclamación es escrita y el juicio, si llega, puede presentarse en el juzgado de tu domicilio. Antes de contratar, comprueba su número de colegiado en el Censo General de Letrados y pide la hoja de encargo con los honorarios, el mínimo, quién se queda las costas y qué pagas si se pierde.
Fase | Qué hace el abogado | ¿Puedes hacerlo tú? |
|---|---|---|
Estudio del caso | Lee la escritura, los extractos o la respuesta del banco y decide qué acción tiene base | Puedes informarte, pero es donde más errores se cometen |
Reclamación al servicio de atención al cliente | Redacta el escrito con una propuesta concreta, que vale como requisito previo para demandar | Sí, con un modelo, y es gratis |
Banco de España | Presenta la reclamación si el asunto es de su competencia | Sí, es gratis y no exige abogado |
Demanda | Prepara el escrito, coordina al procurador y valora el riesgo de costas | Solo en verbales por cuantía de hasta 2.000 € |
Ejecución | Pide al juzgado que obligue al banco a pagar si no cumple la sentencia | Solo si el juicio era de los que no exigen abogado (art. 539.1 LEC) |
El Estatuto General de la Abogacía obliga al abogado a informarte de la viabilidad del asunto, a disuadirte de acciones sin fundamento y a aconsejarte vías alternativas (art. 48.3). El orden de los pasos está en cómo reclamar al banco, y la parte judicial, con tipos de juicio y costas, en demanda contra el banco.
La primera pregunta de cualquier abogado de fraude bancario es si la operación la ordenaste tú. Si no (te robaron las claves, duplicaron tu SIM, pagaron con tu tarjeta), el banco tiene que devolverla salvo que pruebe fraude o negligencia grave tuya, y el uso de tus credenciales no basta como prueba. Si la hiciste tú porque te engañaron, la operación es autorizada y el caso se apoya en otros argumentos, como los controles que el banco no aplicó. Las dos situaciones están en cómo reclamar un fraude bancario.
Un abogado aporta más cuando el banco ya te ha respondido que la operación se hizo con tus credenciales o que fuiste negligente, cuando el importe es alto o cuando te abrieron un préstamo a tu nombre.
Para la primera conversación, ten a mano la denuncia, las capturas del mensaje o la web falsa con la fecha visible, el registro de llamadas, la hora a la que avisaste al banco con el número de incidencia, el extracto y, si la hay, su respuesta escrita.
El criterio lo marca el Tribunal Supremo desde abril de 2025: en la STS 571/2025 (ECLI:ES:TS:2025:1671) confirmó la condena a una entidad tras un duplicado de SIM y phishing. Las Audiencias han decidido después en los dos sentidos según la calidad del engaño y las pruebas; las tienes ordenadas en negligencia grave en el phishing.
Cuéntanos qué pasó y qué te ha respondido. Te decimos gratis si es fraude no autorizado o autorizado bajo engaño y qué tarifa se aplicaría.
Revisión gratuita · Estudio de viabilidad antes de contratar · Tarifa según el tipo de reclamación
Un buen abogado de hipotecas te dirá también lo que no conviene pedir. A noviembre de 2026, según nuestras guías de hipoteca:
Lo que sí sigue teniendo recorrido: los gastos de hipotecas anteriores a junio de 2019, aunque estén canceladas, y la cláusula suelo, con devolución desde la firma. El semáforo por reclamación está en reclamaciones de la hipoteca en 2026.
Los honorarios son los que pactéis, con respeto a las normas deontológicas y de competencia (art. 26 del Estatuto). Estas son las fórmulas habituales:
Fórmula | Cómo funciona | Qué tienes que preguntar |
|---|---|---|
Precio cerrado por fase | Una cantidad por la reclamación y otra por la demanda | ¿El procurador, el recurso y la ejecución van aparte? |
Provisión de fondos | Pagas algo al empezar a cuenta de los honorarios | ¿Se descuenta al final? ¿Se devuelve si no hay éxito? |
Porcentaje del resultado | Una parte de lo que te devuelvan | ¿Sobre qué base, con intereses o sin ellos? ¿Hay mínimo? |
Fijo más porcentaje | Una cantidad fija y un porcentaje, a veces solo si se gana | ¿El fijo se cobra aunque no se recupere nada? |
Las costas | Si el banco es condenado en costas, el despacho cobra de ellas | ¿Y si no hay condena en costas o se pierde? |
Los colegios de la abogacía pueden publicar criterios orientativos de honorarios, pero solo a efectos de tasación de costas y jura de cuentas (art. 29 del Estatuto): no son una tarifa que tengas que pagar.
«Gratis» se usa para cosas muy distintas:
1. Que lo hagas tú. Reclamar al servicio de atención al cliente y al Banco de España no cuesta nada. Para importes pequeños es lo más sensato. 2. Que solo pagues si ganas. No es gratis: pagas un porcentaje o un fijo cuando hay resultado. Es una forma de no arriesgar dinero al principio. 3. Que el despacho cobre de las costas. Si el banco pierde y le condenan en costas, paga los honorarios de tu abogado hasta ciertos topes. Si no hay condena, alguien tiene que pagarlos, y eso debe constar por escrito. 4. Asistencia jurídica gratuita. Con ingresos por debajo de los límites de la Ley 1/1996 puedes pedir abogado y procurador de oficio para el juicio.
Ninguna te libra de un riesgo: si demandas y el juez rechaza todo, la regla general es que pagas las costas del banco (art. 394.1 LEC). Quien te ofrezca una demanda «sin coste» debe explicarte ese escenario.
Solo puedes llegar a la reclamación al banco con un modelo de reclamación de gastos de hipoteca, la reclamación al Banco de España (que no es competente para declarar abusiva una cláusula) y, si toca demandar, un verbal por cuantía que no pase de 2.000 €, en el que la ley te deja ir sin abogado ni procurador (arts. 23 y 31 LEC). Ojo: si pides la nulidad de la cláusula, el verbal lo es por la materia y la excepción de los 2.000 € está prevista para los verbales por cuantía, así que antes de presentarlo conviene que lo mire un profesional. Un abogado se nota en el cálculo de intereses y cuando el banco alega prescripción.
Sí. Busques abogados de cláusula suelo en Madrid o en Salamanca, o para reclamar gastos de hipoteca en Zaragoza, el criterio no cambia por la ciudad:
El Consejo General de la Abogacía Española tiene un Censo General de Letrados público en abogacia.es: buscas por nombre y apellidos o por número de colegiación, o sacas el listado de los abogados del colegio de tu zona. Los datos los envían periódicamente los propios colegios, y hay app para el móvil, Censo Móvil.
Además, el Estatuto obliga al abogado a darte:
Tras un fraude puede contactarte alguien que se ofrece a recuperar tu dinero. Desconfía si:
Una provisión de fondos no es por sí sola una mala señal: muchos abogados la piden y nosotros también en el fraude autorizado bajo engaño. La diferencia está en que figure en una hoja de encargo firmada, con un abogado identificable y diciendo si se descuenta y si se devuelve.
En las opiniones de un despacho, fíjate en lo que cuentan los clientes sobre la claridad del coste y la comunicación, no en las estrellas: el resultado de otro no dice nada del tuyo. Si eliges una asociación de consumidores, pregunta lo mismo que a un despacho: cuota de socio, qué incluye, quién es el abogado de tu caso y qué pagas si hay juicio.
El abogado responsable es José Luis Ortiz León, del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona con el número 12615 y más de 30 años de ejercicio. Trabajamos online en toda España y tú hablas con el equipo de sinpleitos desde tu área privada.
1. Revisión gratuita de lo que tengas: escritura, extractos, mensajes o la respuesta del banco. 2. Estudio de viabilidad antes de firmar, con la tarifa que te toca y una estimación de los honorarios. Si no compensa, te lo decimos antes de empezar. 3. Reclamación extrajudicial al banco, que deja cumplido el requisito previo para demandar. 4. Negociación: ante cualquier oferta decides tú.
Tarifas de la modalidad estándar, más IVA, publicadas en precios de reclamaciones bancarias:
Tipo de reclamación | Honorarios | Mínimo |
|---|---|---|
Hipoteca (gastos, suelo, IRPH, seguros o multidivisa) | 99 € y el 25 % | 199 € |
Préstamo personal o crédito al consumo | 60 € y el 20 % | 99 € |
Comisiones, todas las de un mismo banco en un expediente | 60 € y el 20 % | 99 € |
Fraude que no autorizaste | 99 € y el 25 % | No aplica |
Transferencia que hiciste engañado (fraude autorizado) | 150 € de provisión y el 25 % | No aplica |
Los porcentajes se aplican sobre lo recuperado, incluidos los intereses, y salvo la provisión del fraude autorizado bajo engaño solo se pagan si hay éxito. Esos 150 € se abonan al firmar el encargo y se descuentan de los honorarios finales; sin éxito no se devuelven, salvo que desistas en el plazo legal. Con la modalidad urgente el porcentaje sube 10 puntos y la reclamación sale en un máximo de 2 días laborables desde que el expediente está completo; el fraude autorizado bajo engaño no la tiene.
Si recuperas 2.000 € de un fraude no autorizado, los honorarios son 599 € más IVA (99 € más 500 €). Si los 2.000 € vienen de una transferencia que hiciste engañado, son 650 € más IVA, de los que 150 € ya pagaste como provisión. Si en ese segundo caso no se recupera nada, la provisión no se devuelve.
El juicio no entra en estas tarifas: si hay que demandar, recibes por escrito el presupuesto y el riesgo de costas, y solo seguimos con tu visto bueno.
Envíanos tu caso. Te decimos gratis si tiene base, qué tarifa le corresponde y qué pagarías en cada escenario antes de firmar nada.
Revisión gratuita · Estudio de viabilidad antes de contratar · Tarifa según el tipo de reclamación
Depende del despacho: hay precios cerrados por fase, provisiones de fondos, porcentajes del resultado y fórmulas que se cobran de las costas. En sinpleitos, en la modalidad estándar y más IVA, hipotecas y fraude no autorizado son 99 € más el 25 % de lo recuperado (mínimo de 199 € en hipotecas), y préstamos y comisiones, 60 € más el 20 % (mínimo de 99 €). Pide siempre la hoja de encargo.
Gratis del todo, solo con asistencia jurídica gratuita si tus ingresos están por debajo de los umbrales legales. Muchos despachos revisan gratis y cobran solo si hay resultado. En el fraude autorizado bajo engaño nuestra tarifa incluye una provisión inicial de 150 € más IVA, que luego restamos de los honorarios.
Para los dos primeros pasos, sí: escribir al banco y acudir al Banco de España no cuesta nada ni requiere abogado. Si hay que demandar, la ley permite ir sin abogado ni procurador en verbales por cuantía de hasta 2.000 €; si pides la nulidad de la cláusula, valóralo antes con un profesional.
Búscalo en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española, por nombre y apellidos o por número de colegiación. Está obligado a darte su colegio y su número: si no te los da o no aparece en el censo, no sigas.
Si el banco es condenado en costas, paga a tu parte lo que gastaste en abogado y procurador, con los topes de la ley. Muchos despachos pactan quedárselas, solas o junto a otros honorarios. Exige que figure en la hoja de encargo y pregunta qué pagarías si el juez no las impone o si pierdes.
En casi todos los tipos de reclamación, no: sin resultado económico no hay honorarios. La excepción es la transferencia que hiciste engañado, donde los 150 € más IVA de provisión se quedan pagados aunque no se recupere nada, salvo desistimiento dentro del plazo legal. Si en la revisión vemos que no hay recorrido, te lo diremos sin cobrarte.
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