Tipo medio revolving del Banco de España: tabla por años y cómo compararla con tu tarjeta
Tipo medio revolving del Banco de España de 2010 a 2026 y umbral de 6 puntos. Compara la TAE de tu tarjeta en 5 pasos y mira si es reclamable.
El Tribunal Supremo ha dejado dos vías para reclamar una tarjeta revolving. Usura, si la TAE supera en más de 6 puntos el tipo medio del Banco de España (STS 258/2023). Falta de transparencia, si no te explicaron bien el producto antes de firmar (STS 154 y 155/2025). Y un plazo: se recupera lo pagado en los últimos 5 años (STS 350/2025).
Las sentencias clave del Supremo sobre revolving son la 149/2020 (caso WiZink: se compara con el tipo medio de las revolving), la 258/2023 (usura si la TAE supera ese tipo medio en más de 6 puntos), las 154 y 155/2025 (intereses abusivos por falta de transparencia) y la 350/2025 (la devolución prescribe a los 5 años, cuota a cuota).
Si llevas años pagando y la deuda no baja, no es solo cosa tuya: el propio Supremo describe ese efecto y lo llama convertirse en «deudor cautivo». Aquí tienes cada sentencia con lo que se discutía, lo que decidió y lo que significa para tu tarjeta hoy.
Sentencia | Tema | Qué decidió | Qué significa para ti |
|---|---|---|---|
STS 628/2015, de 25 de noviembre (Pleno) | Usura en un crédito revolving | Aplica la Ley de Usura; se compara la TAE; nulidad = devolver solo el capital | La puerta a reclamar por usura |
STS 149/2020, de 4 de marzo (Pleno), caso WiZink | Con qué se compara | Con el tipo medio específico de las revolving; TAE del 26,82 % usuraria | Tu TAE se mide contra las revolving, no contra el crédito al consumo |
STS 367/2022, de 4 de mayo | La fecha de comparación | Tipo medio del producto en la fecha del contrato | Busca el mes en que firmaste |
STS 258/2023, de 15 de febrero (Pleno) | Cuánto es «notablemente superior» | Más de 6 puntos sobre el tipo medio | La regla que se aplica hoy a la usura |
STS 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero (Pleno) | Transparencia | Intereses abusivos si no te informaron antes de firmar | Tarjetas del 21-22 % también pueden ser reclamables |
STS 350/2025, de 5 de marzo (Pleno) | Prescripción | La nulidad no prescribe; la devolución, a los 5 años, cuota a cuota | Cada mes que esperas, una cuota sale de la ventana |
STS 366/2026, de 9 de marzo | Préstamos personales | Extiende la regla de los 6 puntos | La regla revolving se consolida |
STS 1314/2026, de 23 de julio | Ficheros de morosos (préstamo personal) | Incluir en ASNEF a quien ya había reclamado por usura vulnera su honor; 2.000 € | Una deuda discutida en serio no debería acabar en un fichero |
Con la TAE, la fecha de firma y lo que te dieron al contratar, vemos si tu caso va por usura, por transparencia o por las dos, y qué parte de lo pagado sigue dentro del plazo.
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Qué se discutía. Si un crédito revolving contratado en 2001 con una TAE del 24,6 % podía anularse por la Ley de Usura de 1908, que declara nulo el préstamo con un interés «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».
Qué decidió. Que sí. Fijó tres ideas que siguen vigentes: se compara la TAE (no el tipo nominal), el «interés normal del dinero» se busca en las estadísticas del Banco de España, y para aplicar la ley basta con ese interés desproporcionado, sin que tengas que probar además que firmaste por una situación angustiosa. Como referencia usó el tipo medio del crédito al consumo, y la TAE del caso era más del doble.
Qué significa para ti hoy. Que firmar voluntariamente no impide reclamar. Y la consecuencia sigue siendo la del artículo 3 de la Ley de Usura: si se declara la nulidad, solo devuelves el capital que dispusiste, y lo que hayas pagado por encima se te devuelve. La referencia del crédito al consumo, en cambio, ya no se usa para tarjetas.
Qué se discutía. Una tarjeta contratada el 29 de mayo de 2012 con una TAE del 26,82 %, que después subió al 27,24 %. La entidad defendía que no debía compararse con el crédito al consumo general, sino con el tipo medio de las tarjetas revolving, más alto.
Qué decidió. Le dio la razón en la referencia, pero no en el resultado. La comparación se hace con el tipo medio de la categoría a la que corresponde la operación, porque es la que «presenta más coincidencias». Ese tipo medio era de algo más del 20 %, y aun así el 26,82 % se consideró usurario. El Supremo añadió dos razonamientos: cuando el tipo medio «es ya muy elevado», el margen para subir sin ser usurario es menor, y el sistema revolving puede convertir al cliente en un deudor «cautivo», que paga sobre todo intereses y amortiza poco capital.
Qué significa para ti hoy. Tu TAE se compara con la tabla del tipo medio de las revolving del Banco de España, no con la del crédito al consumo. Y tener una tarjeta de WiZink u otra entidad no dice nada por sí solo: lo que cuenta es la TAE de tu contrato en su fecha.
Qué se discutía. Qué tipo medio usar y de qué momento, sobre todo en contratos antiguos.
Qué decidió. Que la comparación se hace con el tipo medio que publica el Banco de España en su Boletín Estadístico para ese producto en la fecha del contrato. La serie específica de las revolving existe desde junio de 2010; para contratos anteriores, el Supremo acude a otras referencias del mercado. El Gabinete Técnico del Supremo publicó después una nota para aclarar que la sentencia reiteraba la doctrina y no la modificaba.
Qué significa para ti hoy. Necesitas la fecha de firma (mes y año), no la de hoy. Un contrato de 2008 se puede revisar, pero la comparación es menos automática.
Ejemplo orientativo
Imagina dos tarjetas con la misma TAE del 24,9 %. Una se firmó en diciembre de 2017, cuando el tipo medio era del 20,80 %: diferencia de 4,10 puntos. La otra, en diciembre de 2022, con un tipo medio del 17,99 %: diferencia de 6,91 puntos. Con la regla actual, solo la segunda supera el umbral de la usura. La primera tendría que ir por la vía de la transparencia.
Qué se discutía. Cuánto tiene que superar la TAE al tipo medio para que sea «notablemente superior». La STS 149/2020 había fijado con qué se compara, pero no cuánto por encima era demasiado: no daba ninguna cifra.
Qué decidió. El Pleno fijó una regla: en las tarjetas revolving, el interés es notablemente superior al normal del dinero cuando la diferencia entre la TAE y el tipo medio de mercado supera los 6 puntos porcentuales. En el caso concreto, una TAE del 23,9 % frente a un tipo medio de algo más del 20 %: menos de 6 puntos, no usuraria.
Qué significa para ti hoy. Es la regla que siguen, con carácter general, los juzgados. Dos avisos:
Buscamos el tipo medio del mes en que firmaste y hacemos la resta con tu contrato. Si queda por debajo, revisamos también la información que te dieron.
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Qué se discutía. Dos tarjetas que no eran usurarias. La de la STS 154/2025 se firmó el 24 de diciembre de 2018, con un límite de 600 € y una TAE del 21,84 %, cuando el tipo medio era del 19,98 %. La de la STS 155/2025 se contrató el 18 de noviembre de 2014, con una TAE del 21,59 %. La pregunta era si, aun sin usura, los intereses podían ser abusivos.
Qué decidió. El Pleno dio la razón a los dos clientes. La entidad debe explicar antes de firmar, de forma clara y destacada, que el sistema de amortización es revolving, cuál es la cuota y cómo afecta al plazo, que el crédito se recompone, que los intereses se capitalizan, la duración indefinida o prorrogable y el riesgo de «bola de nieve» y de acabar como deudor «cautivo». Además, hace falta «una información diferenciada» de las modalidades de pago de la tarjeta. Si no se hace, la cláusula de intereses puede ser abusiva por falta de transparencia.
En un caso, la información estaba «dispersa a lo largo de un extenso documento» y se entregó a la vez que se firmaba. En el otro, la entidad solo aportó la solicitud de la tarjeta.
Qué significa para ti hoy. Es la vía que hace reclamables tarjetas con TAE «baja», del 21 al 24 %. Si la cláusula es abusiva, se tiene por no puesta: en principio, devuelves el capital dispuesto y se te restituyen los intereses cobrados por ella. Tienes la lista para comprobarlo con tu contrato en revolving y falta de transparencia.
Qué se discutía. Precisamente una tarjeta revolving usuraria: si el cliente podía recuperar todo lo pagado de más desde el principio o si ese derecho había prescrito en parte.
Qué decidió. Distinguió dos acciones. La de nulidad no prescribe: puedes pedirla siempre. La de recuperar el dinero sí prescribe: 5 años (art. 1964 del Código Civil), contados cuota a cuota. En la práctica, se recupera lo pagado de más en los 5 años anteriores a la reclamación, extrajudicial o judicial. En ese caso se sumaron 82 días por la suspensión de plazos de la pandemia (Real Decreto 463/2020).
Qué significa para ti hoy. Es urgencia real, no un reclamo: cada mes que esperas, una cuota sale de la ventana de 5 años. Si ya cancelaste la tarjeta, también puedes reclamar, pero solo recuperas lo pagado dentro de ese plazo. Detalle y ejemplos en la guía sobre la prescripción de las revolving.
Reclamar por escrito a la entidad cuenta como reclamación a efectos del plazo. Guarda siempre prueba del envío y de la fecha.
Qué se discutía. Un préstamo personal de 10.500 € firmado en febrero de 2019 con una TAE del 16,61 %, cuando el tipo medio del Banco de España para esa categoría era del 8,10 %.
Qué decidió. Aplicó a los préstamos personales el mismo criterio que a las revolving: el interés es notablemente superior al normal del dinero si la TAE supera en más de 6 puntos el tipo medio de su categoría. Allí la diferencia era de 8,51 puntos.
Qué significa para ti hoy. No cambia nada para tu tarjeta, pero confirma que la regla de 2023 es el criterio estable del Supremo, no una excepción.
Qué se discutía. Una clienta que ya había cuestionado la validez de su contrato por usura y había demandado a la entidad fue incluida después en ASNEF. Según las crónicas publicadas, el contrato era un préstamo personal, no una tarjeta.
Qué decidió. Que esa inclusión fue una intromisión ilegítima en su derecho al honor, con 2.000 € de indemnización. El artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) solo permite incluir deudas ciertas, vencidas y exigibles que no estén discutidas, y la entidad sabía que la clienta discutía la validez del contrato.
Qué significa para ti hoy. El artículo 20 de la LOPDGDD se aplica a cualquier deuda, también a la de una revolving: una deuda discutida seriamente no debería usarse para presionarte con un fichero de morosos. No te protege, en cambio, si simplemente dejas de pagar sin haber reclamado. Y recuerda que la inclusión exige requerimiento previo de pago y tiene un máximo de 5 años. Si ya estás en un fichero, mira cómo consultar ASNEF y cómo salir de ASNEF.
Preparamos la reclamación citando las sentencias que encajan con tu contrato y la enviamos a la entidad por ti, dejando constancia de la fecha a efectos del plazo de 5 años.
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La prensa resume estas sentencias con titulares que a veces confunden. Esto es lo que no dicen:
1. Reúne el contrato y los extractos. Si no los tienes, pídelos por escrito; te explicamos cómo en la guía para reclamar una revolving sin contrato.
2. Haz la cuenta de la usura (STS 149/2020, 367/2022 y 258/2023): TAE de tu contrato menos tipo medio del mes de firma.
3. Revisa la transparencia (STS 154 y 155/2025): qué te explicaron y cuándo. Y mira los demás cargos: la STS 566/2019, de 25 de octubre, consideró abusiva la comisión que se cobra de forma automática por cada impago sin una gestión real; lo desarrollamos en cláusulas abusivas de las tarjetas revolving.
4. Calcula el plazo (STS 350/2025): qué cuotas están dentro de los últimos 5 años.
5. Reclama por escrito a la entidad, citando las sentencias que encajan con tu caso. Tienes un modelo en modelo de reclamación de tarjeta revolving.
Si prefieres delegarlo (y quieres saber qué preguntar antes de elegir abogado para tarjetas revolving), nos pasas lo que tengas y nosotros hablamos con la entidad. La reclamación extrajudicial no te cuesta nada por adelantado: solo cobramos si hay resultado, en la modalidad estándar el 20 % de lo que recuperes más 60 € fijos (+ IVA); si recuperas 2.000 €, 460 € + IVA. Los casos de importe bajo tienen una escala específica, explicada en las condiciones. Ir a juicio, si hiciera falta, es un encargo aparte y solo con tu aceptación. El proceso completo está en la guía para reclamar una tarjeta revolving.
Nos dices qué tarjeta tienes y desde cuándo. Te respondemos qué vía tiene tu caso, cuánto puede entrar en plazo y qué necesitamos para reclamar.
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Es la STS 258/2023, de 15 de febrero, del Pleno del Supremo. Establece que el interés de una tarjeta revolving es notablemente superior al normal del dinero, y por tanto puede ser usurario, cuando la TAE supera en más de 6 puntos porcentuales el tipo medio del Banco de España para las revolving en la fecha del contrato.
Es la STS 149/2020, de 4 de marzo. Resolvió que una tarjeta de 2012 con una TAE del 26,82 % era usuraria y fijó que la comparación se hace con el tipo medio específico de las revolving, no con el del crédito al consumo. Su nombre popular viene de la entidad demandada; el criterio vale para cualquier emisor.
Las STS 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero, sobre falta de transparencia, y la STS 350/2025, de 5 de marzo, sobre prescripción. Las dos primeras abren la reclamación a tarjetas no usurarias; la tercera limita la devolución a lo pagado en los 5 años anteriores a la reclamación, cuota a cuota.
Dos de las que recogemos. La STS 366/2026, de 9 de marzo, extiende la regla de los 6 puntos a los préstamos personales. La STS 1314/2026, de 23 de julio, sobre un préstamo, declaró ilegítima la inclusión en ASNEF de una clienta que ya había reclamado y demandado por usura, con 2.000 € de indemnización.
Sí como criterio, no como resultado. Las sentencias del Supremo fijan cómo deben resolverse los casos iguales, y los juzgados las siguen. Pero cada contrato se analiza por separado: tu TAE, tu fecha de firma, la información que recibiste y las cuotas pagadas en los últimos 5 años.
Sí. La nulidad no prescribe, así que puedes pedirla aunque la tarjeta esté cancelada. Lo que tiene límite es el dinero: según la STS 350/2025, recuperas lo pagado de más en los 5 años anteriores a tu reclamación. Si cancelaste hace más de 5 años, lo más probable es que quede poco o nada que recuperar.
No directamente. Sirven para reclamar la nulidad de tu contrato o de la cláusula de intereses. Hoy no hay un tope legal en vigor; el anteproyecto de ley de crédito al consumo de 2026 prevé un límite del 22 % TAE si se aprueba en esos términos. Lo explicamos en la ley de las revolving de 2026.
Tipo medio revolving del Banco de España de 2010 a 2026 y umbral de 6 puntos. Compara la TAE de tu tarjeta en 5 pasos y mira si es reclamable.
Tu revolving del 21-24 % puede reclamarse por falta de transparencia (STS 154 y 155/2025). Lista para tu contrato, qué se devuelve y cómo se prueba.
La nulidad de una revolving no prescribe, pero solo recuperas lo pagado en los 5 años previos a reclamar. Ejemplo con fechas y cómo parar el reloj.