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Demanda por tarjeta revolving: cómo es el juicio, qué cuesta y qué lleva la demanda

Una demanda por tarjeta revolving pide al juez que declare nulo el contrato por usura o, si no, abusiva la cláusula de intereses por falta de transparencia, y que la entidad devuelva lo pagado de más. Antes hay que haber reclamado por escrito a la entidad. Si eres particular, no pagas tasa judicial.

Respuesta rápida

Para demandar por una tarjeta revolving primero reclamas por escrito a la entidad (es requisito desde el 3 de abril de 2025). Si no hay acuerdo, se presenta demanda: juicio verbal hasta 15.000 € y ordinario por encima o si la cuantía no se puede calcular. Normalmente necesitas abogado y procurador. Los particulares están exentos de tasa.

Llegar a juicio no quiere decir que hayas hecho algo mal. Muchas veces solo significa que la entidad ha preferido que lo decida un juez.

Antes de demandar: la reclamación previa

La demanda es el último paso. Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige haber intentado una solución negociada antes de demandar en lo civil, y en consumo la reclamación extrajudicial previa a la entidad cumple ese requisito.

Para los préstamos y créditos concedidos de forma profesional, el artículo 439 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) concreta cómo funciona:

  • La entidad debe aceptar o rechazar la reclamación, con un cálculo desglosado de lo que habría que devolver, y pronunciarse sobre las cláusulas que señales como abusivas.
  • Hay un mes para llegar a un acuerdo. Si pasa sin respuesta, se entiende que no lo hay y puedes demandar.

La reclamación, además, interrumpe la prescripción (artículo 1973 del Código Civil). Según la STS 350/2025, solo recuperas lo pagado de más en los 5 años anteriores a la reclamación: lo explicamos en la prescripción de la tarjeta revolving.

Guarda la reclamación, el justificante de envío y la respuesta: se adjuntan a la demanda como prueba del intento de negociación. Si aún no has reclamado, empieza por el modelo de reclamación de tarjeta revolving o por la guía para reclamar una revolving.

Antes de pensar en un juicio, reclama bien

Muchos casos se resuelven con la reclamación extrajudicial. La preparamos con el cálculo de lo que pagaste de más, y esa misma reclamación deja cumplido el requisito previo si luego hay que demandar.

Revisión gratuita · Sin pago inicial · El juicio, solo si hace falta y tú lo aceptas

Juicio verbal u ordinario: qué procedimiento corresponde

Depende sobre todo de la cuantía (cuánto dinero se reclama) y de la acción que se ejercita.

Tu demanda

Procedimiento

¿Abogado y procurador obligatorios?

¿Se puede apelar?

Hasta 2.000 €

Juicio verbal

No

No

De 2.000,01 a 3.000 €

Juicio verbal

Sí

No

De 3.000,01 a 15.000 €

Juicio verbal

Sí

Sí

Más de 15.000 €

Juicio ordinario

Sí

Sí

Cuantía que no se puede calcular

Juicio ordinario

Sí

Sí

Solo acción sobre condiciones generales (por ejemplo, transparencia de la cláusula de intereses)

Juicio verbal, sea cual sea la cuantía

Sí

Sí

Base legal: artículos 249 y 250 de la LEC (verbal hasta 15.000 €; ordinario por encima o si el interés económico es imposible de calcular), 23 y 31 (sin abogado ni procurador en los verbales por razón de la cuantía de hasta 2.000 €) y 455 (sin apelación en los verbales por razón de la cuantía de hasta 3.000 €). Si reclamas 3.000 € o menos en un verbal por la cuantía, la sentencia del juzgado es definitiva.

Tres matices que casi nadie explica:

  • La cuantía indeterminada es habitual en las revolving. Sin todos los extractos no sabes cuánto pagaste de más, y la demanda de nulidad por usura suele ir entonces por el ordinario.
  • La transparencia tiene su propio cauce. Desde marzo de 2024, las acciones individuales sobre condiciones generales van por el verbal aunque la cuantía sea alta (artículo 250.1.14.º). Cuando se piden a la vez usura y, subsidiariamente, transparencia, qué procedimiento corresponde es una cuestión en la que no todos los juzgados coinciden: lo decide tu abogado al redactar la demanda.
  • La excepción de los 2.000 € solo vale en los verbales por razón de la cuantía. El verbal de condiciones generales lo es por la materia y exige abogado y procurador aunque se reclame poco.

La demanda se presenta en el juzgado de tu domicilio: es obligatorio en las acciones sobre condiciones generales y opcional para ti en las demás acciones de consumidores (artículo 52 LEC). Desde el 31 de diciembre de 2025, los antiguos juzgados de primera instancia son secciones civiles del Tribunal de Instancia.

Cuánto cuesta demandar: tasa, abogado, procurador y costas

Tasa judicial: 0 €. Las personas físicas están exentas (artículo 4.2 de la Ley 10/2012).

Abogado y procurador. Salvo en los verbales por la cuantía de hasta 2.000 €, necesitas los dos: el abogado defiende y firma los escritos; el procurador te representa ante el juzgado. Sus honorarios se pactan. El Estatuto General de la Abogacía (artículo 48) obliga al abogado a informarte de ellos mediante una hoja de encargo o medio equivalente, y de las consecuencias de una posible condena en costas y su cuantía aproximada. Si tus ingresos son bajos, puedes pedir asistencia jurídica gratuita (Ley 1/1996), con umbrales ligados al IPREM.

Costas. Son los gastos del proceso, sobre todo los honorarios de abogado y procurador de cada parte:

  • Quien pierde del todo, paga las de la otra parte, salvo que el juez aprecie serias dudas de hecho o de derecho (artículo 394.1). Si se gana en parte, cada uno paga las suyas.
  • Hay un tope: por honorarios de abogado, el condenado paga como máximo un tercio de la cuantía del proceso, salvo temeridad (artículo 394.3).
  • Si la entidad se allana antes de contestar, en principio no paga costas, salvo mala fe. Y hay mala fe si antes se le requirió de forma fehaciente y justificada o rechazó el acuerdo o la negociación (artículo 395).

La LO 1/2025 reformó además el artículo 32.5 de la LEC a favor del consumidor. Cuando no es obligatorio ir con abogado y procurador, sus honorarios normalmente quedan fuera de la condena en costas. Pero si el consumidor se vale de ellos para demandar después de una reclamación extrajudicial previa, la tasación de costas incluye la cuenta del procurador y la minuta del abogado, esta sin el tope del tercio.

Nadie puede garantizarte una condena en costas a la entidad. Si la demanda se desestima entera, puedes tener que pagar las costas de la entidad. Antes de demandar, pide por escrito una estimación de ese riesgo en tu caso.

Cuándo no compensa: si merece la pena reclamar una tarjeta revolving.

Cómo es el juicio, paso a paso

1. Revisión y cálculo de lo pagado por encima del capital dispuesto.

2. Poder al procurador, ante notario o gratis *apud acta*, también por vía electrónica.

3. Demanda, presentada electrónicamente.

4. Contestación de la entidad: 20 días en el ordinario y 10 en el verbal (artículos 404 y 438). Son hábiles: no cuentan fines de semana, festivos, agosto ni del 24 de diciembre al 6 de enero.

5. Audiencia previa (solo en el ordinario): se intenta un acuerdo y se admite la prueba.

6. Juicio o vista. En el verbal, si la prueba es solo documental, el juez puede dictar sentencia sin vista. Las vistas se celebran preferentemente por videoconferencia si el juzgado tiene medios, aunque tu declaración como parte puede requerir que acudas (artículo 129 bis).

7. Sentencia. Si condena a pagar, desde ella la cantidad devenga el interés legal más dos puntos (artículo 576).

8. Recurso ante la Audiencia Provincial, si la cuantía lo permite, y ejecución si la entidad no paga.

No damos plazos medios: dependen de cada juzgado y de si hay recurso.

Qué documentos hacen falta

  • Contrato, con condiciones generales y particulares, e información precontractual si la conservas.
  • Extractos o historial completo de disposiciones, pagos, intereses, comisiones y seguros.
  • Reclamación previa con su justificante y la respuesta (o prueba de que no respondió en un mes).
  • Cálculo de lo pagado de más dentro de la ventana de 5 años y el tipo medio revolving del Banco de España de la fecha de firma.
  • DNI y poder para pleitos.

Si la entidad no te da el contrato ni los extractos, se puede pedir al juez que los exhiba antes de demandar (diligencias preliminares, artículo 256 LEC) o solicitar en la demanda que los aporte (artículo 328). Cómo pedirlos antes: reclamar una revolving sin contrato.

Esquema de una demanda de nulidad de tarjeta revolving

Guía orientativa para entender qué contiene una demanda, no un formulario listo para presentar. Salvo en los verbales por la cuantía de hasta 2.000 €, la firman abogado y procurador, y cada una se adapta al contrato y a los documentos. Un modelo copiado sin revisar puede pedir lo que no toca o dejar fuera cuotas recuperables.

1. Encabezamiento. Dirigida a la sección civil del Tribunal de Instancia que corresponda. Demandante (con procurador y abogado) y demandada: la razón social exacta de la entidad emisora, que no siempre coincide con la marca ni con la tienda. Procedimiento y acción: nulidad por usura y, subsidiariamente, abusividad de la cláusula de intereses.

2. Hechos.

  • Fecha del contrato, límite, TAE y modalidad de pago (cuota fija, porcentaje del saldo, «pago aplazado»).
  • Disposiciones, cuotas pagadas y evolución de la deuda.
  • Comparación de la TAE con el tipo medio de las revolving de la fecha de firma, en puntos.
  • Qué te explicaron antes de firmar sobre el sistema revolving, la capitalización de intereses y el riesgo de bola de nieve.
  • La reclamación previa y la respuesta o el silencio de la entidad.

3. Fundamentos de derecho.

  • Procesales: jurisdicción, competencia, procedimiento, cuantía, postulación, negociación previa y costas.
  • Principal, usura: artículos 1 y 3 de la Ley de 23 de julio de 1908; STS 149/2020 (tipo medio específico de las revolving), 367/2022 (tipo de la fecha del contrato) y 258/2023 (más de 6 puntos). Si prospera, solo se devuelve el capital dispuesto.
  • Subsidiaria, transparencia: Ley 7/1998 de condiciones generales de la contratación, artículos 80 a 83 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y STS 154/2025 y 155/2025. Puede incluir otras cláusulas, como la comisión por impago cobrada automáticamente (STS 566/2019). Más en revolving y falta de transparencia y en cláusulas abusivas de las tarjetas revolving.
  • Restitución: lo pagado de más con interés legal, dentro de los 5 años anteriores a la reclamación (STS 350/2025).

4. Suplico.

Ejemplo orientativo de lo que se pide al juez

Principal: que se declare nulo por usura el contrato de tarjeta y se condene a la entidad a devolver todo lo pagado por encima del capital dispuesto, con el interés legal. Subsidiario: que se declare nula por falta de transparencia la cláusula de intereses remuneratorios (y, en su caso, la de comisión por impago), se tenga por no puesta y se condene a la entidad a recalcular la deuda sin esos conceptos y a devolver lo cobrado por ellos, con el interés legal. En ambos casos: condena en costas a la entidad.

5. Otrosíes. Prueba, petición de que la entidad aporte los extractos que falten y relación de documentos.

Si prefieres que se resuelva sin llegar a juicio

Una reclamación con el cálculo y las sentencias que aplican a tu tarjeta es lo que hace que muchas entidades negocien. Revisamos tu caso gratis y reclamamos nosotros.

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Si es el banco quien te demanda

Si dejas de pagar, la entidad (o un fondo que haya comprado la deuda) puede acudir al juzgado. Lo habitual es un procedimiento monitorio.

El monitorio: 20 días hábiles

El juzgado te requiere para que en 20 días hábiles pagues o te opongas, explicando «de forma fundada y motivada» por qué no debes todo o parte (artículo 815.1 LEC). Si no haces nada, se despacha ejecución y pueden embargarte. El salario es inembargable hasta el salario mínimo (1.221 € al mes en 14 pagas en 2026); por encima, se embarga por tramos.

Si la deuda viene de un contrato con un consumidor, el juez revisa de oficio, antes de requerirte, si alguna cláusula puede ser abusiva y puede proponer reducir la cantidad (artículo 815). Es una protección, pero el juez solo ve lo que aporta la entidad: tu oposición sigue siendo necesaria.

En la oposición se puede alegar la usura (si la TAE supera en más de 6 puntos el tipo medio, solo deberías el capital no devuelto, y a veces ya lo has devuelto), la falta de transparencia, las comisiones abusivas y los errores de cálculo. Si lo reclamado no supera 2.000 €, no es obligatorio abogado ni procurador, pero la oposición debe estar bien fundada.

Tras la oposición, si la cuantía no supera 15.000 € el asunto sigue como juicio verbal. Si es mayor, la entidad tiene un mes para presentar demanda ordinaria; si no lo hace, se archiva con costas para ella (artículo 818).

Si te llega una demanda

Tienes 10 días hábiles para contestar en el verbal y 20 en el ordinario. En la contestación se puede plantear la nulidad por usura o la abusividad de las cláusulas, y tu abogado valorará si además pides la devolución de lo pagado de más.

Qué no hacer: ignorar la notificación, dejar pasar el plazo, firmar un reconocimiento de deuda o pagar lo reclamado sin revisar el contrato. Aunque creas que la deuda no es justa, responde: el juzgado es precisamente donde decirlo.

Para incluirte en un fichero de morosos, el artículo 20 de la LOPDGDD exige que la deuda no esté discutida en una reclamación administrativa o judicial. En un préstamo personal, el Supremo (STS 1314/2026) consideró intromisión en el honor incluir en ASNEF a una clienta que había demandado por usura. Más en deuda de una tarjeta revolving, salir de ASNEF y empresas de recobro.

Cómo lo hacemos en sinpleitos: primero la vía extrajudicial

Nuestro servicio es la reclamación extrajudicial. Nos pasas lo que tengas y nosotros hablamos con la entidad:

1. Revisión gratuita de la TAE, la fecha de firma, la información recibida y las cuotas de los últimos 5 años. Si no hay base, te lo decimos.

2. Reclamación con el cálculo desglosado: interrumpe la prescripción y cumple el requisito de negociación previa.

3. Negociación y traslado de cualquier oferta con los números, para que decidas tú.

Honorarios: sin pago inicial. Solo cobramos si hay resultado: en la modalidad estándar, 20 % de lo que recuperes + 60 € fijos (+ IVA). Si recuperas 2.000 €, son 460 € + IVA. Los casos de importe bajo tienen una escala específica que se explica en las condiciones.

La vía judicial es un encargo aparte. Solo te la planteamos si la extrajudicial no resuelve y el caso lo justifica, con el coste y el riesgo de costas explicados por escrito, y empieza solo con tu aceptación expresa. Si la entidad te ha demandado, enviar el formulario no contrata la defensa judicial: se valora y se contrata aparte. Qué hace un abogado en cada fase y cómo elegirlo: abogado de tarjetas revolving.

Te han denegado la reclamación o te ha llegado un monitorio

Mándanos la respuesta de la entidad o la notificación del juzgado con lo que tengas de la tarjeta. Te decimos qué opciones hay y qué plazos corren, antes de que venzan.

Revisión gratuita · Si hay juicio, presupuesto aparte y por escrito

Preguntas frecuentes sobre la demanda por tarjeta revolving

¿Puedo demandar por mi tarjeta revolving sin abogado?

Solo en un juicio verbal por razón de la cuantía de hasta 2.000 €. Por encima, en el verbal de condiciones generales o en el ordinario, abogado y procurador son obligatorios. Aun sin ser obligatorio, si demandas con abogado tras una reclamación previa y ganas con costas, la tasación puede incluir sus honorarios (artículo 32.5 LEC).

¿Cuánto cuesta demandar por una tarjeta revolving?

La tasa judicial es 0 € para personas físicas. El coste son los honorarios de abogado y procurador que pactes, más el riesgo de costas si pierdes. Si ganas con condena en costas, la entidad paga las de tu parte, aunque por honorarios de abogado el tope es un tercio de la cuantía, salvo temeridad. Con ingresos bajos puedes pedir justicia gratuita.

¿Qué pasa si pierdo el juicio?

Si la demanda se desestima del todo, lo normal es que te impongan las costas de la entidad, salvo que el juez aprecie serias dudas de hecho o de derecho. Si se estima en parte, cada uno paga las suyas. El contrato sigue como estaba, con la deuda pendiente en sus condiciones.

¿Cuánto tarda un juicio por una tarjeta revolving?

Depende del juzgado, del tipo de juicio y de si hay recurso, así que no damos una media. Sí hay plazos fijados: un mes para la reclamación previa y 10 o 20 días hábiles para que la entidad conteste, sin contar agosto. La entidad puede allanarse o proponer un acuerdo en cualquier momento.

¿Puedo demandar si ya cancelé o pagué la tarjeta?

Sí. La nulidad por usura no prescribe, pero la devolución solo alcanza a lo pagado en los 5 años anteriores a la primera reclamación (STS 350/2025). Si la liquidaste hace más de 5 años sin reclamar, puede que ya no quede nada por recuperar; conviene revisarlo con los extractos antes de descartarlo.

¿Sirve un formulario de demanda de tarjeta revolving descargado de internet?

Como referencia, sí; para presentarlo tal cual, no. La demanda depende de la fecha de firma, la TAE, la información recibida, el tipo de juicio y tus documentos. Un error en la cuantía o en el procedimiento puede retrasar el caso o costarte dinero.

José Luis Ortiz León, abogado

José Luis Ortiz LeónAbogado · ICAB nº 12615

Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB nº 12615), con más de 30 años de ejercicio. Dirige el equipo jurídico de sinpleitos y ha revisado esta guía.

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Última actualización: 23 de septiembre de 2026.

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