Cargo no reconocido en la tarjeta: cómo reclamarlo y que el banco te lo devuelva
Cargo no reconocido en tu tarjeta: si no lo hiciste, el banco debe devolverlo al día hábil siguiente. Cómo reclamar, chargeback y canal de cada banco.
«Me han clonado la tarjeta» es una urgencia: bloquéala ahora desde la app y avisa al banco. Los cargos que no hiciste te los tiene que devolver como tarde al final del día hábil siguiente a tu aviso. Si la tarjeta sigue en tu poder, no deberías pagar ni un euro; si te la robaron, como máximo 50 € de lo anterior al aviso.
Bloquea la tarjeta y comunica al banco cada cargo que no hiciste, sin demora y dentro de 13 meses. Debe devolverlo como tarde al final del día hábil siguiente (art. 45 del Real Decreto-ley 19/2018). Con la tarjeta clonada no deberías pagar nada; si te la robaron, como mucho 50 €, salvo negligencia grave que el banco debe probar.
Si lo que te han clonado es la tarjeta SIM del móvil (te has quedado sin cobertura y te llegan avisos del banco que no esperabas), lee la guía de SIM swapping o duplicado de SIM: es otro fraude y se reclama a la vez al banco y a la operadora.
1. Bloquea la tarjeta en la app o por teléfono. El banco está obligado a tener medios gratuitos para avisar en todo momento (art. 42.1 del Real Decreto-ley 19/2018). Desde que avisas, no respondes de lo que pase después, salvo fraude tuyo (art. 46.3).
2. Revisa los movimientos de las últimas semanas, no solo el cargo que te ha alertado. Las tarjetas clonadas suelen probarse con importes pequeños antes de los grandes.
3. Comunica al banco cada operación que no hiciste (fecha, comercio o cajero, importe) y pide su devolución citando el art. 45. Si lo haces por teléfono, repítelo por escrito ese mismo día. Tienes un modelo de comunicación de cargo no reconocido que sirve también aquí.
4. Anota dónde usaste la tarjeta por última vez: cajeros, gasolineras, restaurantes, viajes. Ayuda a localizar el punto de copia y a demostrar que no fuiste tú.
5. Guarda la tarjeta física, no la tires aunque el banco la anule: que la tengas en tu poder demuestra que fue una copia y no un robo.
6. Pon la denuncia en Policía Nacional, Guardia Civil o el juzgado. La ley no la exige para devolverte el dinero, pero los bancos suelen pedirla y el Banco de España la recomienda.
Si además han salido transferencias o Bizum, o no sabes cómo han conseguido los datos, sigue el checklist de las primeras horas cuando te han robado dinero de la cuenta. Para dudas técnicas (cómo proteger tus dispositivos), el 017 del INCIBE atiende gratis de 8:00 a 23:00 todos los días; es un servicio de ayuda, no de denuncia.
No esperes a «ver si se repite». El art. 43.1 te da un máximo de 13 meses, pero exige avisar «sin demora injustificada». El Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-665/23, sentencia de 1 de agosto de 2025) precisó que, si la tarjeta fue robada o se perdió, solo pierdes la devolución por avisar tarde cuando el retraso se debe a dolo o negligencia grave; en los demás casos, un retraso injustificado puede costarte el derecho aunque no hayan pasado 13 meses.
Si ha pasado el día hábil siguiente y no tienes el dinero, o el banco te dice que se usó tu PIN, revisamos gratis tu caso y te decimos qué puede probar la entidad y qué margen tienes.
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Estas son las señales más habituales y qué hacer con cada una:
Señal | Qué puede significar | Qué hacer |
|---|---|---|
Cargos de céntimos o de 1 € en comercios que no conoces | Prueba de que la tarjeta copiada funciona | Bloquea ya: suelen llegar cargos mayores |
Compras o retiradas en otra ciudad o país mientras tú estabas en casa | Tarjeta copiada usada en otro lugar | Bloquea y comunica cada operación con su fecha |
Retiradas en cajeros que no has usado | Copia de la banda magnética y del PIN | Bloquea, avisa y pide al banco que conserve las imágenes del cajero |
Te llega un código para confirmar una compra que no has hecho | Alguien intenta usar los datos de tu tarjeta online | No lo facilites a nadie; bloquea y avisa |
El banco te bloquea la tarjeta o te llama por «operaciones sospechosas» | Su sistema ha detectado un uso anómalo | Llama tú al número oficial de tu banco, nunca al que te den en la llamada |
Un cajero se quedó la tarjeta, la ranura estaba suelta o había algo pegado encima del teclado | Posible dispositivo de copia | Avisa al banco y al titular del cajero, y revisa los movimientos |
Que no veas nada raro no significa que estés a salvo si has notado algo en un cajero: activa las notificaciones de cada pago y revisa los movimientos unos días.
Skimming en cajeros y terminales. Consiste en colocar un lector encima de la ranura del cajero o del datáfono que copia la banda magnética, y una microcámara o un teclado falso que capta el PIN. Con eso fabrican una tarjeta copia que se usa sobre todo en cajeros o comercios que aún aceptan la banda magnética. Tú sigues teniendo tu tarjeta y no notas nada hasta ver los movimientos.
Robo o pérdida y pagos sin PIN. Aquí no hay copia: usan tu tarjeta física. La normativa europea permite que el banco no pida el PIN en pagos sin contacto de hasta 50 € por operación, mientras el acumulado desde la última vez que se pidió el PIN no pase de 150 € o de cinco operaciones seguidas (art. 11 del Reglamento Delegado (UE) 2018/389). Por eso, con una tarjeta robada suelen verse varias compras de poco menos de 50 € en pocas horas.
Datos copiados para compras online. Cuando lo que se copia son el número, la caducidad y el código de seguridad (por una web infectada, una filtración o un empleado desleal), el fraude es a distancia. Ese caso tiene reglas propias y lo explicamos en la guía de cargo no reconocido en la tarjeta.
Débito o crédito, el régimen es el mismo. La diferencia práctica es que con la de débito el dinero sale al momento de tu cuenta, así que el art. 45 te protege también frente a los descubiertos y comisiones que el cargo te haya generado: el banco debe dejar la cuenta como estaría sin la operación.
El art. 46.1 del Real Decreto-ley 19/2018 dice que el ordenante «podrá quedar obligado a soportar, hasta un máximo de 50 euros, las pérdidas derivadas de operaciones de pago no autorizadas resultantes de la utilización de un instrumento de pago extraviado, sustraído o apropiado indebidamente por un tercero». Fíjate en el «podrá» y en el «hasta»: es un tope, no una multa fija, y tiene muchas excepciones.
Tu situación | ¿Pagas algo? | Por qué |
|---|---|---|
Te clonaron la tarjeta y la sigues teniendo | No | No podías detectar la pérdida antes del pago (art. 46.1.a). El Banco de España lo resume así: si te clonan la tarjeta, no soportas coste alguno |
Te robaron o perdiste la tarjeta: cargos anteriores a tu aviso | Como máximo 50 € en total | Art. 46.1 |
Cargos posteriores a tu aviso | Nada, salvo fraude tuyo | Art. 46.3 |
Compras a distancia usando solo los datos impresos en la tarjeta | Nada, si avisaste sin demora y no hubo negligencia grave | Art. 46.1, último párrafo |
Pagos en los que el banco no exigió autenticación reforzada (por ejemplo, contactless sin PIN) | Hay base para no pagar nada | Art. 46.2: sin autenticación reforzada solo respondes si actuaste de forma fraudulenta |
Tu banco no tenía un medio para avisar en todo momento | Nada, salvo fraude tuyo | Art. 46.4 |
La pérdida se debió a empleados o agentes del banco | Nada | Art. 46.1.b |
Negligencia grave o incumplimiento deliberado de tus obligaciones (por ejemplo, el PIN apuntado junto a la tarjeta) | Todo, sin tope | Art. 46.1, segundo párrafo |
Actuaste de forma fraudulenta | Todo | Art. 46.1 |
Sobre la fila de los pagos sin PIN: el texto del art. 46.2 es claro, pero muchos bancos aplican los 50 € sin distinguir. Si tu pérdida anterior al aviso fueron solo compras contactless sin PIN, pide la devolución completa citando el art. 46.2. Si el banco se niega, lo normal es que la diferencia sea pequeña y no compense ir más allá, pero conviene pedirlo.
Ejemplo orientativo
Te roban la cartera un viernes a las 22:00 y no te das cuenta hasta el sábado a las 10:00, cuando bloqueas la tarjeta y avisas al banco. Antes de tu aviso hubo tres pagos contactless de 42,00 €, 48,50 € y 35,00 € (125,50 €) y una retirada de 300,00 € en un cajero con PIN. Total: 425,50 €.
Si el banco no prueba negligencia grave, soportas como máximo 50 € y te debe devolver 375,50 €. Si demuestra que llevabas el PIN apuntado en un papel dentro de la cartera, podrías tener que asumir los 425,50 €. Lo que pasara después de tu aviso del sábado corre siempre a cargo del banco.
Es la respuesta más frecuente del banco cuando hay retiradas en cajero: «se usó el PIN, así que usted lo reveló o lo tenía apuntado». La ley no le deja cerrar el caso con esa frase.
Qué te ayuda a ganar: explicar dónde usaste la tarjeta por última vez, pedir por escrito al banco que conserve las imágenes del cajero y los registros de la operación (el art. 44.4 le obliga a guardar los registros al menos seis años y a dártelos si los pides), y avisar rápido.
Con honestidad: si el PIN estaba escrito junto a la tarjeta, o se lo diste a alguien, el Banco de España pone precisamente ese ejemplo como negligencia grave. En ese caso, las posibilidades bajan mucho. En la revisión, cuéntanos también lo que creas que te perjudica: una reclamación basada en un hecho que luego el banco desmonta hace más daño que bien.
Esa frase no basta: el banco tiene que probar la negligencia grave. Mándanos su respuesta y los movimientos, y te decimos gratis si hay base para reclamar y qué pruebas conviene pedir.
Revisión gratuita · Sin pago inicial · Solo cobramos si hay resultado favorable
La ley pone a cargo del banco el riesgo de las operaciones que tú no autorizaste. Además de las reglas anteriores, tiene obligaciones propias como emisor de la tarjeta. Debe cerciorarse de que las credenciales de seguridad solo sean accesibles para ti y garantizar «en todo momento» medios adecuados y gratuitos para que avises del robo o del uso no autorizado (art. 42.1).
El Tribunal Supremo, en su sentencia 571/2025, de 9 de abril, calificó esta responsabilidad de «cuasi objetiva»: el banco responde de las operaciones no autorizadas aunque no haya actuado con mala fe, y solo se libera si prueba fraude o negligencia grave del cliente. Esa sentencia también incluye en la «deficiencia del servicio» la falta de vigilancia de operaciones anómalas. Si te hicieron diez retiradas seguidas en un país donde nunca has estado sin que saltara ninguna alerta, es un argumento a tu favor. Los criterios de los tribunales sobre qué es negligencia grave, con sentencias a favor y en contra, están en la guía de negligencia grave en el phishing.
1. Reclamación por escrito al servicio de atención al cliente. Debe contestar en 15 días hábiles; solo en casos excepcionales puede alargarlo, con respuesta provisional, hasta un mes (art. 69). Pide la devolución del art. 45 y los registros de autenticación del art. 44.4.
2. Banco de España, si no contesta o lo deniega. Es gratis, pero su informe no es vinculante y, en fraude con tarjeta, suele dar la razón al banco cuando este acredita una autenticación correcta: en 2025, el 34 % de sus informes favorables a la entidad trataban de fraude con tarjeta. El procedimiento está explicado en la guía de reclamación ante el Banco de España.
3. Juzgado, si el importe lo justifica. Hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador, y la reclamación previa al banco cumple el requisito de intentar antes una solución extrajudicial.
Tienes los dos modelos de carta (al banco y al Banco de España) y la tabla completa de plazos en la guía de reclamación por fraude con modelos. El marco general de todos los fraudes, con la tabla de cuándo devuelve el banco según el caso, está en la guía para reclamar un fraude bancario.
Si te han clonado la tarjeta, te han hecho tres compras de 40 € y el banco aún no se ha negado, hazlo tú con el modelo: lo normal es que se resuelva en el propio banco. Compensa pedir ayuda cuando el importe es relevante, cuando hay retiradas con PIN o cuando el banco ya te ha contestado que fue culpa tuya.
En sinpleitos, la revisión es gratuita y no hay pago inicial. Solo cobramos si hay resultado favorable: en la modalidad estándar, 20 % de lo que recuperes + 60 € (+ IVA). Por ejemplo, si recuperas 5.000 €, son 1.060 € + IVA. Los importes bajos tienen una escala específica que te explicamos antes de empezar. Hacemos la reclamación extrajudicial frente al banco; si hiciera falta ir a juicio, sería un encargo aparte y solo con tu aceptación expresa.
Envíanos los movimientos y lo que te haya dicho el banco. Si lo llevamos nosotros, preparamos la reclamación con los artículos y las pruebas que tiene que aportar la entidad, y hablamos con ella por ti.
Revisión gratuita · Sin pago inicial · Solo cobramos si hay resultado favorable
Si tu problema con el banco no es un fraude, empieza por la guía general para reclamar al banco.
Revisa el extracto y la app buscando cargos pequeños de prueba, compras en comercios o países desconocidos y retiradas en cajeros que no has usado. Otra señal es recibir un código para confirmar una compra que no has hecho. Activa las notificaciones de cada pago: es la forma más rápida de detectarlo. Si ves algo, bloquea la tarjeta antes de investigar más.
Sí, si no autorizaste esas operaciones. La regla es la misma que en la de crédito: devolución inmediata y, como tarde, al final del día hábil siguiente a tu aviso, y con la cuenta restituida como si el cargo no hubiera existido, incluidos los descubiertos o comisiones que te generara. Si la tarjeta seguía en tu poder, no deberías soportar ni la franquicia de 50 €.
La ley dice que de inmediato y, como máximo, al final del día hábil siguiente a tu aviso (art. 45 del Real Decreto-ley 19/2018). Solo puede retrasarlo si sospecha de forma razonable un fraude tuyo y lo comunica por escrito al Banco de España. Si abre una «investigación» y te pide esperar semanas, reclama por escrito citando ese artículo.
El riesgo más claro del contactless es otro: que alguien use tu tarjeta robada o perdida para pagar sin PIN. La normativa europea permite hasta 50 € por operación sin PIN, con un acumulado de 150 € o cinco pagos seguidos. Por eso, si pierdes la tarjeta, bloquéala en cuanto lo notes y revisa si hay varios pagos de poco menos de 50 €.
Puede que sí, pero es el caso que más discuten los bancos, porque la retirada exige el PIN. El registro del uso del PIN no prueba por sí solo que fueras negligente (art. 44.2) y la carga de demostrarlo es del banco (art. 44.3). Si llevabas el PIN apuntado con la tarjeta, lo más probable es que pierdas; si no, explica dónde pudieron verlo y pide las imágenes del cajero.
La ley no condiciona la devolución a la denuncia: basta con notificar al banco las operaciones que no hiciste. Pero el Banco de España recomienda denunciar, casi todos los bancos la piden para tramitar el fraude y te sirve de prueba. Ponla en la Policía Nacional, la Guardia Civil o el juzgado, y adjunta la copia a tu reclamación.
Lo mismo: bloquéala desde la app o llamando al número internacional de tu banco, que suele figurar en su web y en el reverso de la tarjeta, y comunica cada operación. Tu banco español sigue obligado por el Real Decreto-ley 19/2018. Si puedes, denuncia allí mismo; si no, hazlo al volver, pero no retrases el aviso al banco.
Cargo no reconocido en tu tarjeta: si no lo hiciste, el banco debe devolverlo al día hábil siguiente. Cómo reclamar, chargeback y canal de cada banco.
Me han robado dinero de mi cuenta bancaria: checklist de las primeras 24 horas, qué decir al banco por teléfono y por escrito y qué pruebas guardar.
Negligencia grave en phishing: qué dijo el Supremo (STS 571/2025), 11 sentencias de Audiencias a favor y en contra y cómo responder al banco.