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Alcance y conceptos

Política pública de gestión de fondos de clientes

Acerca de este documento

Política pública de gestión de fondos de clientes

Última actualización: 6 de septiembre de 2026Referencia FON-2026.5Publicación: Fecha de efecto:

La dirección profesional corresponde a D. Jose Luis Ortiz León, abogado ejerciente del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, colegiado número 12615. El dinero de clientes o terceros que reciba dentro de un encargo debe permanecer identificado, separado y sujeto a rendición de cuentas conforme a las reglas aplicables.

Esta política distingue el pago directo al cliente, la recepción autorizada por el profesional y el pago de honorarios. Una autorización, un certificado o un estado del portal no prueban por sí solos que se haya recibido o transferido dinero.

1. Objeto y responsable

Esta política se aplica cuando el profesional o la organización que le presta soporte reciben, conservan, aplican o transfieren una cantidad cuyo titular económico es un cliente o un tercero vinculado al encargo. También orienta el tratamiento de ingresos no identificados, pagos erróneos y saldos controvertidos.

No sustituye la autorización de recepción y liquidación, las condiciones del servicio, la factura, la liquidación individual ni una orden bancaria. Si existe contradicción, prevalecen las normas imperativas, deontológicas, el encargo aplicable y los hechos acreditados de la operación concreta.

2. Tres escenarios que no deben confundirse

  • Pago directo al cliente

    Titularidad y tratamiento
    El dinero no entra en una cuenta del prestador
    Consecuencia
    Puede generar honorarios, pero no existe fondo custodiado por sinpleitos
  • Dinero recibido para el cliente

    Titularidad y tratamiento
    Sigue siendo fondo ajeno hasta su aplicación o entrega válida
    Consecuencia
    Exige cuenta específica, identificación, registro, rendición y disponibilidad
  • Honorario ya devengado y liquidado

    Titularidad y tratamiento
    Es crédito propio conforme al contrato y a la factura
    Consecuencia
    No se convierte automáticamente en propio por estar mezclado con dinero del cliente
  • Provisión para gastos

    Titularidad y tratamiento
    Tiene finalidad anticipada y debe justificarse
    Consecuencia
    El sobrante debe liquidarse y ponerse a disposición
  • Beneficio no monetario

    Titularidad y tratamiento
    Condonación o reducción de deuda sin entrada bancaria
    Consecuencia
    Puede integrar la base contractual, pero no es dinero custodiado

3. Deberes esenciales

  • Depositar los fondos ajenos con disposición inmediata en una cuenta específica y no confundirlos con fondos propios.
  • Identificar con certeza razonable a quien entrega el dinero y vincularlo con cliente, expediente y actuación.
  • Individualizar entradas, salidas, finalidad y utilización mediante contabilidad o libro registro.
  • No mover dinero entre saldos de clientes salvo causa justificada y sin crear saldos deudores.
  • No pagar, deducir honorarios ni disponer sin ley, mandato judicial o autorización expresa y escrita suficiente.
  • Rendir una cuenta detallada y devolver o acreditar el saldo a quien corresponda.
  • No retener fondos más tiempo del estrictamente necesario, incluso si existen honorarios pendientes.

4. Definiciones operativas

  • Fondo ajeno

    Significado
    Dinero o valor mantenido por cuenta de cliente o tercero
  • Fondo propio

    Significado
    Cantidad perteneciente al prestador tras un devengo y aplicación válidos
  • Cuenta específica

    Significado
    Cuenta bancaria separada de las cuentas ordinarias, con disponibilidad inmediata
  • Individualización

    Significado
    Asignación separada del saldo y movimientos a su titular y asunto
  • Conciliación

    Significado
    Correspondencia entre banco, referencia, expediente, autorización, cálculo y salida
  • Liquidación

    Significado
    Rendición comprensible de bruto, conceptos, impuestos, neto e incidencias
  • Transferencia

    Significado
    Orden bancaria acreditada; no un estado interno o una intención de pago
  • Parte controvertida

    Significado
    Cantidad concreta sobre la que existe una discrepancia razonable y documentada

5. Ámbito actual por servicio

  • Microcréditos extrajudiciales

    Soporte observado
    Autorización de perfil y certificado de mandato y cuenta
    Límite
    El certificado no registra el ingreso ni ejecuta el pago
  • Microcréditos judiciales

    Soporte observado
    Certificado específico sujeto a propuesta judicial aceptada y documentos requeridos
    Límite
    No es un libro de fondos judiciales
  • Aerolíneas

    Soporte observado
    Historial de actuaciones, evidencia del acuerdo y seguimiento económico por pagador, beneficiario, canal, importe y estado
    Límite
    No es certificado de mandato, libro bancario, conciliación ni autorización para recibir fondos centralizados
  • Afiliados

    Soporte observado
    Circuito económico propio de comisiones
    Límite
    No debe mezclarse con fondos de clientes

6. Documentos y comprobaciones

  • Autorización de fondos

    Qué permite comprobar
    Texto, referencia y evidencia de aceptación
    Qué no demuestra por sí solo
    Que se haya recibido dinero
  • Cuenta designada

    Qué permite comprobar
    Datos incluidos en la documentación del encargo
    Qué no demuestra por sí solo
    Un ingreso o una transferencia
  • Certificado de mandato

    Qué permite comprobar
    Identidad, expediente y autorizaciones exigidas
    Qué no demuestra por sí solo
    La ejecución del pago
  • Cuenta del cliente

    Qué permite comprobar
    Datos bancarios sometidos a revisión y acceso restringido
    Qué no demuestra por sí solo
    La recepción de una cantidad concreta
  • Cálculo contractual

    Qué permite comprobar
    Base, honorarios, IVA y resultado documentados
    Qué no demuestra por sí solo
    Una factura fiscal completa o movimiento bancario
  • Documento final

    Qué permite comprobar
    Información y huella del documento
    Qué no demuestra por sí solo
    El saldo de una cuenta bancaria

7. Pago, saldo y justificante no son lo mismo

El estado de un expediente o un cálculo de honorarios no sustituyen el justificante bancario. Tampoco un certificado de cuenta acredita por sí solo la titularidad contractual de la cuenta, su régimen de separación o la conciliación de sus movimientos.

La Plataforma no ofrece una garantía general de transferencias automáticas, conciliación bancaria automática ni doble autorización para todos los pagos. Cuando corresponda recibir o entregar fondos, deben existir la autorización y los justificantes adecuados a la operación.

37. Alcance de esta política

La recepción de fondos dentro de un encargo jurídico no se presenta como un servicio autónomo de pago. Esta política no habilita monederos, saldos reutilizables, pagos entre usuarios ni transferencias ajenas al asunto.

Las obligaciones aplicables dependen de la actividad efectivamente realizada. Cualquier ampliación del servicio debe cumplir el régimen que le corresponda y no puede apoyarse en este documento para presumir una autorización regulatoria.

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