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Comisiones

Transparencia sobre el sistema de afiliación

17. Fotografía económica de cada caso

La atribución copia la modalidad, el porcentaje o la tarifa fija vigentes en la cuenta en el momento del registro. Esa fotografía permite auditar qué configuración recibió el caso aunque la cuenta cambie después.

La fotografía de base de datos no resuelve por sí sola si la condición era válida, había sido aceptada o podía aplicarse a ese nivel. En una controversia deben contrastarse AF-2026.55, la comunicación individual, la aceptación conservada, el hito de devengo y cualquier modificación posterior.

18. Modalidades económicas

  • Porcentaje sobre éxito

    Base contractual AF-2026.55
    Porcentaje sobre la tarifa neta de sinpleitos efectivamente percibida, IVA excluido; no sobre toda la recuperación del cliente
    Lo que no basta
    Caso registrado, estimación, acuerdo no cobrado o estado mostrado
  • Pago por caso viable

    Base contractual AF-2026.55
    Importe fijo al cumplirse verificaciones y el hito contractual aplicable
    Lo que no basta
    Visita, formulario iniciado, caso incompleto o simple etiqueta de viabilidad

19. Porcentaje sobre éxito

AF-2026.55 sitúa la base en la tarifa neta de sinpleitos efectivamente cobrada. En microcréditos de valor igual o superior a 250 €, comprende 60 € de importe fijo de éxito y el componente porcentual efectivo: 20 % en modalidad estándar o 30 % en modalidad urgente, sujeto en esta última a la reversión contractual aplicable. En microcréditos de valor inferior a 250 €, la propuesta individual aceptada puede fijar 50 €, 70 €, 90 € o 110 €, y la comisión del afiliado se rige por el mínimo de su nivel. Todos los importes se entienden sin IVA a efectos de la base de comisión. La comisión comercial no es participación en el dinero recuperado por el cliente ni en los honorarios profesionales del abogado.

La conciliación exige que el caso figure pagado, un resultado económico final documentado, una referencia del cobro y un justificante interno con huella. En los microcréditos sujetos a las condiciones de 2 de septiembre de 2026, el servidor deriva el valor final, la base porcentual y la tarifa esperada desde la aceptación, la modalidad efectiva, el posible suplemento de complejidad aceptado y la propuesta fija cuando exista; una diferencia bloquea la conciliación. Los gastos externos, suplidos, provisiones reembolsables, fondos del cliente y actuaciones independientes quedan fuera salvo condición individual expresa.

20. Pago por caso viable

AF-2026.55 condiciona esta modalidad a la viabilidad, a las verificaciones del cliente referido, a la aceptación por este de la documentación requerida y al hito Reclamación enviada, con importes por servicio, tramo y nivel. Su elección general permanece deshabilitada hasta el Nivel 5 y requiere solicitud, aceptación económica y confirmación humana.

La reconciliación comprueba las verificaciones y aceptaciones del cliente referido y el estado real del caso antes del crédito. Esos documentos pertenecen al expediente del cliente y no se exigen al afiliado para retirar sus comisiones. La reclasificación judicial aplica el importe fijo del nivel al caso concreto aunque la cuenta opere por porcentaje, sin convertir por ello las atribuciones futuras a Modalidad B.

21. Escalas económicas alineadas

  • Porcentaje de entrada

    Regla AF-2026.55
    22 % sobre tarifa neta, con mínimo del nivel
    Control técnico
    Configuración única y fotografía por caso
  • Caso viable

    Regla AF-2026.55
    Tabla por servicio, tramo y nivel
    Control técnico
    Cálculo centralizado; nivel 0 cobra como nivel 1
  • Umbral de retiro

    Regla AF-2026.55
    10 € durante la relación
    Control técnico
    Validación en panel, servidor y base económica
  • Aceptación individual

    Regla AF-2026.55
    Condiciones mostradas para aceptar o rechazar
    Control técnico
    Instantánea separada con versión, fecha y huella

22. Protección frente a cambios retroactivos

Cada atribución conserva modalidad, nivel, porcentaje, mínimo, tabla aplicable y versión económica de la fecha de creación. Un ascenso, descenso o cambio de modalidad solo afecta a atribuciones futuras y no reescribe lo ya devengado.

Una corrección económica exige motivo, cálculo trazable y asiento compensatorio; el ledger de saldo no admite editar o borrar una entrada consolidada. Una discrepancia se revisa con la versión aceptada y la evidencia real del hito, no solo con el valor que aparezca hoy en la cuenta.

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