Reclamar el seguro de prima única de la hipoteca: qué dice el Supremo en 2026
Reclamar el seguro de prima única de la hipoteca es posible tras la STS 913/2026. Cuándo procede, cómo se calcula la devolución y qué dice la Ley 5/2019.
Puedes reclamar el seguro de un préstamo personal si cancelas el préstamo antes de tiempo, si el seguro era obligatorio y no se incluyó en la TAE o si te lo impusieron sin informarte. Al cancelar, la Ley 16/2011 y el Banco de España reconocen la devolución de la parte de prima no consumida: si no te la han devuelto, pídela.
El seguro de un préstamo personal se puede reclamar en tres casos: si cancelas antes (la Ley 16/2011 y el Banco de España reconocen la devolución de la prima no consumida), si era obligatorio y no estaba en la TAE, o si te lo impusieron sin transparencia. Si ocurre el siniestro, la entidad debe cobrar primero a la aseguradora.
Firmaste el seguro porque te lo pusieron delante junto al préstamo, como casi todo el mundo. Lo que importa ahora es si se hizo bien y cuánto te cuesta en realidad, porque una prima única financiada puede sumar cientos o miles de euros con sus intereses.
Tu situación | ¿Recuperas algo? | Qué pides | Base |
|---|---|---|---|
Cancelaste el préstamo antes de tiempo | Sí | La prima no consumida | Ley 16/2011, criterio del Banco de España y póliza |
Desististe del préstamo en los 14 días | Sí | Quedas libre del seguro; en los no de vida, reembolso de la prima no consumida | Art. 28.3 Ley 16/2011 |
El seguro era obligatorio y la TAE no lo incluía | Sí, a revisar | Recalcular la TAE y lo pagado; puede llevar a usura | Arts. 6.a), 21 y 32 Ley 16/2011 |
Te lo impusieron, con aseguradora del grupo, prima única alta y financiada | Posible, caso por caso | Devolución de la prima y sus intereses, menos la parte consumida | Analogía con la STS 913/2026 |
Ocurrió el siniestro (paro, baja, fallecimiento) | Sí, la cobertura | Que la aseguradora pague las cuotas o la deuda | Póliza; SAP Pontevedra |
Seguro voluntario, bien informado, préstamo en curso | Normalmente no | Revisar si puedes darte de baja según la póliza | Póliza |
La última fila también cuenta: si el seguro fue voluntario y te lo explicaron, no hay nada que reclamar mientras el préstamo siga vivo, aunque el préstamo puede tener otros problemas, como un interés por encima del umbral de usura.
Envíanos el contrato y la póliza del seguro de vida o de protección de pagos. Te decimos si el seguro debía estar en la TAE, si hay prima que recuperar y si el préstamo tiene algo más que reclamar.
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Son sobre todo dos, a veces en la misma póliza: el seguro de vida (si falleces o quedas inválido, la aseguradora paga la deuda) y el seguro de protección de pagos (cubre cuotas si pierdes el empleo o estás de baja).
La prima puede ser periódica, sumada a cada cuota, o única y financiada: todo el seguro se paga al principio y se añade al capital. El Banco de España advierte de que la prima financiada aumenta el capital, los intereses y, si la comisión de apertura es un porcentaje, también la comisión. Pagas intereses por el seguro durante todo el préstamo, y por eso es la que más dinero mueve.
Ninguna ley obliga a contratar un seguro para pedir un préstamo personal, pero la entidad puede condicionar el préstamo, o sus condiciones, a que lo contrates. Si lo hace, la ley exige tres cosas:
1. Que te lo digan antes de firmar. La información normalizada europea (INE o SECCI) debe indicar los servicios accesorios, en particular de seguro, cuando la obtención del crédito o sus condiciones dependan de contratarlos (art. 10.3.k de la Ley 16/2011).
2. Que su coste entre en la TAE. El art. 6.a) define el coste total del crédito e incluye «el coste de los servicios accesorios relacionados con el contrato de crédito, en particular las primas de seguro», si la obtención del crédito en las condiciones ofrecidas está condicionada a contratarlos. El art. 32 manda calcular la TAE con ese coste total.
3. Que, si cancelas antes, te devuelvan la prima no consumida en los términos de la póliza (lo vemos más abajo).
Si no encuentras la INE, pídela por escrito a la entidad junto con la póliza.
Si el seguro era obligatorio y la TAE del contrato no lo incluía, la TAE que firmaste es más baja que la real, con dos consecuencias:
Ejemplo orientativo: la TAE con y sin el seguro
Imagina un préstamo personal firmado en diciembre de 2024: recibes 12.000 € y te financian además un seguro de prima única de 900 €. El capital es 12.900 €, a 60 meses y con un TIN del 8,99 %. La cuota es de 267,72 €; sin el seguro sería de 249,04 €. El seguro te cuesta 18,68 € al mes: 1.120,80 € en cinco años, prima e intereses. TAE si el seguro es voluntario (así la calculó el contrato): 9,37 %. TAE si el seguro era obligatorio (debía entrar en el coste): 12,83 %. El tipo medio del Banco de España para crédito al consumo de 1 a 5 años en diciembre de 2024 fue del 7,32 %, así que el umbral de usura quedaría en 13,32 %. En este ejemplo no se llega, pero la TAE del contrato sería inexacta en casi 3,5 puntos, y eso también se reclama.
Es el caso más claro. Si cancelas un préstamo con un seguro vinculado a su amortización, o exigido para concederlo, la Ley 16/2011 y el Banco de España reconocen la devolución de la parte de prima no consumida (el extorno), y lo habitual es cancelar el seguro a la vez. Tres cosas que conviene saber:
Ejemplo orientativo: cuánto te devuelven al cancelar
Con el préstamo del ejemplo anterior (prima única de 900 € para 60 meses), cancelas en el mes 24. Quedan 36 meses de cobertura. Prima no consumida con reparto por tiempo: 900 × 36 / 60 = 540 €. Si la póliza reparte según el capital pendiente, la cifra será distinta: pide el cálculo por escrito. Al cancelar también te corresponde la parte proporcional de la comisión de apertura, y la compensación de la entidad es, como regla, de hasta un 1 % del capital devuelto si faltaba más de un año (0,5 % si faltaba menos), solo con tipo fijo y nunca por encima de los intereses pendientes; más, solo de forma excepcional y probando pérdidas (art. 30.4).
Cómo pedir la liquidación completa de la cancelación (seguro, comisión y compensación) lo tienes en cancelar un préstamo personal antes de tiempo.
La STS 913/2026, de 11 de junio, es de una hipoteca, pero sus argumentos sirven. Era una hipoteca de Banco Popular de 2017 con un seguro de vida de prima única de 24.467 € financiada a 40 años, más del 16 % del capital. El Supremo lo consideró abusivo por la suma de varios elementos:
La consecuencia: el banco debe devolver la prima y sus intereses, descontando la parte consumida mientras el seguro estuvo en vigor.
En un préstamo personal o de coche es un argumento de peso cuando se repiten esos rasgos, pero no automático fuera de la hipoteca. Si tu caso es de hipoteca, tienes la guía del seguro de prima única de la hipoteca.
Ejemplo orientativo: qué supondría aplicar ese criterio
Volvemos al préstamo de 12.000 € con prima de 900 €, ahora en el mes 24 y sin cancelar. La parte de la prima consumida en esos 24 meses, por tiempo, es de 360 €. Los intereses pagados hasta ese momento por la parte financiada de la prima suman 135,73 €. Si un juez o la propia entidad aceptara el criterio de la STS 913/2026, te corresponderían unos 900 − 360 + 135,73 = 675,73 €, y las cuotas pendientes se recalcularían sin el seguro.
Si ocurre lo que cubre el seguro, la deuda no desaparece sola: hay que activarlo.
1. Comunica el siniestro por escrito a la aseguradora y a la entidad del préstamo, con la documentación (carta de despido y alta en el paro, parte de baja, certificado de defunción).
2. Pide la póliza completa si no la tienes: condiciones generales y particulares. Busca los periodos de carencia, las exclusiones y el límite de cuotas cubiertas.
3. No dejes de pagar mientras se resuelve, salvo que la aseguradora confirme por escrito que asume las cuotas. Un impago puede acabar en un fichero de morosos aunque el seguro deba pagar.
4. Si la entidad te reclama a ti o a tus herederos sin haber acudido a la aseguradora, recuérdale que tiene un seguro que garantiza el préstamo. La Audiencia Provincial de Pontevedra, en un préstamo personal con seguro de vida y de protección de pagos, consideró que la entidad debía dirigirse primero a la aseguradora y no al deudor (nota del CGPJ de 27 de julio de 2015).
Si el préstamo se liquida con el pago del seguro, la entidad no puede cobrar compensación por reembolso anticipado (art. 30.3.a de la Ley 16/2011).
Si has sufrido el siniestro y la entidad sigue cobrándote a ti o a tu familia, revisamos la póliza y el préstamo y te decimos qué se puede exigir y en qué condiciones antes de empezar.
Revisión gratuita · Sin pago inicial
1. Pide la documentación: contrato, INE, póliza (condiciones generales y particulares), certificado del seguro y, si cancelaste, el desglose de la liquidación.
2. Reclama por escrito al servicio de atención al cliente de la entidad (tiene un mes para responder) y, si el seguro es de otra compañía, también al de la aseguradora.
3. Si no hay respuesta o es negativa, puedes acudir al Banco de España (por la parte del préstamo) o al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (por la parte del seguro). Sus informes no son vinculantes y no pueden declarar abusiva una cláusula.
4. Vía judicial, si hace falta: desde el 3 de abril de 2025 hay que intentar antes una solución extrajudicial (LO 1/2025), y la reclamación previa con propuesta cumple ese requisito.
Sobre los plazos: la devolución de cantidades prescribe (el plazo general es de 5 años, art. 1964 del Código Civil). Si el seguro va dentro de una reclamación por usura, los juzgados aplican el criterio de la STS 350/2025, dictada para revolving: la nulidad no prescribe, pero solo se recupera lo pagado en los 5 años anteriores a la reclamación, pago a pago. Cada mes que pasa puede salir un pago de esa ventana.
A la atención del Servicio de Atención al Cliente de [nombre de la entidad del préstamo] y de [nombre de la aseguradora] [dirección o correo de cada servicio de atención al cliente]
[tu nombre y apellidos], con DNI [número] y domicilio en [dirección], titular del préstamo nº [número de contrato] firmado el [fecha de firma] y asegurado en la póliza nº [número de póliza], expongo:
El préstamo llevaba vinculado un seguro de [vida / protección de pagos] con una prima de [importe] €, [pagada de una vez y financiada con el préstamo / pagada en cada cuota].
El [fecha de cancelación] cancelé anticipadamente el préstamo, cuando quedaban [número] meses de cobertura de un total de [número].
Conforme a la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, y al criterio del Banco de España, la cancelación anticipada del préstamo da derecho a la devolución de la parte de prima no consumida, en los términos de la póliza.
SOLICITO
La devolución de la prima no consumida, que según mi cálculo asciende a [importe] €, en la cuenta [IBAN].
El desglose del cálculo aplicado y copia de la póliza completa, de la información precontractual y del contrato de préstamo.
[Si procede] La devolución de la parte proporcional de la comisión de apertura, conforme al art. 30.1 de la misma ley.
Ruego respuesta por escrito en el plazo de un mes. Esta reclamación se presenta también a efectos del intento previo de solución extrajudicial de la Ley Orgánica 1/2025, y propongo resolverla con el pago indicado.
En [ciudad], a [fecha]
Firmado: [tu nombre]
Si solo te falta la prima no consumida de un seguro pequeño, hazlo tú con el modelo de arriba: es un derecho claro y no merece la pena pagar honorarios por 200 o 300 €.
Tiene sentido que lo llevemos nosotros cuando hay más en juego: una prima única alta, un seguro que debía estar en la TAE y puede llevar el préstamo al umbral de usura, una entidad que se niega o un siniestro que la aseguradora no cubre. Hacemos la reclamación extrajudicial; si hiciera falta juicio, sería un encargo aparte y solo con tu aceptación. Revisión gratuita y sin pago inicial; solo cobramos si hay resultado: en la modalidad estándar, 20 % de lo que recuperes + 60 € (+ IVA). Si recuperas 2.000 €, son 460 € + IVA. Los casos de importe bajo tienen una escala específica que se explica en las condiciones.
Tienes todas las vías de reclamación de un préstamo al consumo en la guía para reclamar un préstamo personal, y si el seguro venía con la financiación del coche, en intereses abusivos en el préstamo del coche. Para otros productos, empieza por cómo reclamar al banco.
Ninguna ley lo impone, pero la entidad puede exigirlo como condición del préstamo o para darte un tipo más bajo. Si lo exige, debe decírtelo en la información previa (INE) y sumar su coste a la TAE. Si te dijeron que era obligatorio y la TAE no lo incluye, hay algo que revisar.
Sí, la parte de prima no consumida, que reconocen la Ley 16/2011 y el Banco de España, si el seguro estaba vinculado a la amortización o se exigió para darte el préstamo. La cifra depende de la póliza: con reparto por tiempo, una prima de 900 € a 60 meses cancelada en el mes 24 deja 540 €.
Depende de lo firmado. Si era voluntario, la póliza dirá cómo darte de baja. Si era condición del préstamo o te bajaron el tipo a cambio, el contrato puede prever que el interés suba al quitarlo. Revisa antes el contrato: quizá lo reclamable sea el seguro entero.
Normalmente, las cuotas durante un tiempo si pierdes el empleo o estás de baja, y a veces la deuda si falleces o quedas inválido. Cada póliza fija carencias, exclusiones y un máximo de cuotas. Si ocurre, comunícalo por escrito y no dejes de pagar hasta que la aseguradora lo confirme.
Se puede plantear si te lo impusieron, con una prima desproporcionada, financiada y sin información clara. La STS 913/2026 lo aceptó en una hipoteca con esos rasgos y ordenó devolver la prima y sus intereses menos la parte consumida. En préstamos personales es un argumento por analogía, caso por caso.
Sí, con las mismas reglas, porque la financiación del coche es un crédito al consumo sometido a la Ley 16/2011. Si vendiste el coche y cancelaste el préstamo, te corresponde la prima no consumida; si el seguro era condición de la financiación, debía estar en la TAE.
Según el art. 28.3 de la Ley 16/2011, al desistir del préstamo dejas de estar vinculado por el seguro contratado a través de la entidad o por acuerdo con ella. En los seguros que no son de vida recuperas la prima no consumida; los de vida siguen la Ley de Contrato de Seguro.
Te decimos cuánto se puede recuperar del seguro y del préstamo, o si te conviene hacerlo tú con nuestro modelo.
Revisión gratuita · Sin pago inicial · Solo cobramos si hay resultado favorable
Reclamar el seguro de prima única de la hipoteca es posible tras la STS 913/2026. Cuándo procede, cómo se calcula la devolución y qué dice la Ley 5/2019.
Cancelar préstamo personal: la comisión no pasa del 1 % (0,5 % en el último año) y solo con tipo fijo. Qué parte de apertura y seguro te deben devolver.
Reclamar préstamo personal en 2026: usura, seguro, comisión de apertura, cancelación, crédito vinculado o falta de TAE. Qué recuperas, plazos y cómo.