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Financiación del dentista, la academia o las placas solares: el negocio ha cerrado y sigues pagando

Si la financiación del dentista, de un tratamiento estético, de un curso o de unas placas solares te la ofreció el propio negocio y el servicio no se ha prestado, la ley te permite reclamar a la financiera lo mismo que al proveedor. Con un orden: primero al negocio, después a la financiera.

Respuesta rápida

Si la clínica o la academia cerró sin terminar el servicio y la financiación era un crédito vinculado, puedes exigir a la financiera que deje de cobrarte y te devuelva lo pagado por la parte no prestada (art. 29.3 de la Ley 16/2011). Requisito: haber reclamado antes por escrito al proveedor sin obtener respuesta satisfactoria.

Firmaste en el mostrador porque te lo ofrecieron allí. No hiciste nada mal.

¿Tengo que seguir pagando la financiación del dentista si la clínica ha cerrado?

Depende de si es un crédito vinculado: el que «sirve exclusivamente para financiar» un bien o servicio concreto, cuando ambos contratos forman «una unidad comercial desde un punto de vista objetivo» (art. 29.1 de la Ley 16/2011).

La directiva europea de la que viene esa ley (Directiva 2008/48/CE, art. 3.n) explica que hay unidad cuando el proveedor financia, cuando la financiera se sirve del proveedor para preparar o firmar el crédito, o cuando el servicio aparece expresamente en el contrato de crédito.

Señal

Probablemente vinculado

Probablemente no vinculado

Dónde firmaste la financiación

En la clínica, la academia o con el comercial de la instaladora

En tu banco, por tu cuenta

A quién fue el dinero

Directamente al proveedor

A tu cuenta, y tú pagaste después

Qué dice el contrato

Nombra el tratamiento, el curso o la instalación

Préstamo personal sin finalidad concreta

Quién te dio los papeles

El proveedor, con los datos de la financiera

El banco

Si es vinculado, tienes tres herramientas legales:

  • Art. 29.3: puedes ejercer frente a la financiera los derechos que tienes frente al proveedor si el servicio no se ha prestado, total o parcialmente, o no se ajusta a lo pactado, y ya reclamaste al proveedor sin éxito.
  • Art. 26: la ineficacia del contrato de servicio (por ejemplo, si se resuelve por incumplimiento) arrastra la del crédito que lo financiaba.
  • Art. 29.2: si desistes del contrato de compra o servicio dentro de plazo, quedas liberado del crédito vinculado sin penalización.

Si no es vinculado (pediste un préstamo en tu banco y pagaste tú a la clínica), el banco no responde por el cierre del proveedor. Tu reclamación va contra el negocio y, si está en concurso, contra la masa del concurso.

Te seguimos cobrando por un servicio que nunca recibiste

Revisamos gratis tu contrato de financiación, comprobamos si es un crédito vinculado y preparamos la reclamación a la financiera en el orden que exige la ley.

Revisión gratuita · Sin pago inicial · Solo cobramos si hay resultado favorable

Paso a paso: primero al proveedor, luego a la financiera

La ley exige el orden. Saltarse el primer paso es el motivo que suele usar la financiera para rechazar la reclamación.

1. Reúne pruebas. Contrato del servicio y de la financiación, recibos, historial clínico o certificado de lo cursado, fotos del local cerrado, correos y mensajes.

2. Reclama por escrito al proveedor, aunque haya cerrado, por un medio que deje constancia: burofax o correo certificado con acuse de recibo al domicilio social. Si está en concurso, dirígelo también al administrador concursal. Tienes un modelo más abajo.

3. Si está en concurso, comunica tu crédito al administrador concursal en el plazo del edicto del BOE. En el caso iDental fue de un mes desde la publicación. Puedes consultar los concursos en el Registro Público Concursal (publicidadconcursal.es).

4. Consigue un informe de otro profesional que diga qué parte del servicio se hizo y cuál no. En los casos dentales, las autoridades de consumo han recomendado un presupuesto de otro dentista colegiado que justifique el estado del tratamiento.

5. Reclama a la financiera, adjuntando la reclamación al proveedor, la falta de respuesta o la respuesta insatisfactoria y el informe. Pide que suspenda el cobro, que anule las cuotas pendientes de la parte no prestada y que te devuelva lo pagado por ella.

6. Si no responde en un mes o se niega, reclama ante el Banco de España o acude al juzgado.

Qué hacer con las cuotas mientras reclamas

  • No dejes de pagar por tu cuenta sin haber reclamado. Sin reclamación, para la financiera solo eres alguien que ha dejado de pagar, con intereses de demora y llamadas de recobro.
  • Pide por escrito la suspensión del cobro en la misma reclamación a la financiera, explicando que el servicio no se ha prestado y que ya reclamaste al proveedor. Guarda el justificante.
  • Si sigues pagando mientras se resuelve, no pierdes el derecho. Lo pagado por la parte no prestada entra en lo que reclamas.
  • Cualquier decisión sobre dejar de pagar, tómala después de reclamar y con asesoramiento: la financiera puede no estar de acuerdo y el conflicto puede acabar en el juzgado.

En el cierre de iDental, el Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional acordó el 5 de febrero de 2019, como medida cautelar, suspender las reclamaciones de las financieras a los pacientes afectados. Fue una medida de ese procedimiento penal: no se aplica a otros cierres, pero muestra cómo lo han tratado los tribunales.

¿Me pueden meter en ASNEF por la financiación del dentista?

Para incluirte en un fichero de morosos, la deuda tiene que ser cierta, vencida y exigible, tiene que haber un requerimiento previo de pago y no puede mantenerse más de cinco años (art. 20 de la Ley Orgánica 3/2018). Una deuda discutida con una reclamación documentada es un mal candidato para un fichero.

Hay dos precedentes útiles. En iDental, el mismo auto de 2019 ordenó a las financieras abstenerse de incluir a los pacientes afectados en ficheros de morosidad y retirar a los ya incluidos. Y el Tribunal Supremo, en la STS 1314/2026, de 23 de julio, consideró que incluir en ASNEF a una clienta que había reclamado y demandado por su préstamo vulneró su derecho al honor, con una indemnización de 2.000 €.

Si ya estás dentro, mira qué entidad te incluyó con la guía para consultar si estás en ASNEF, y después pide la cancelación con los pasos para salir de ASNEF.

Casos reales: academias, iDental, Dentix y placas solares

Caso

Qué pasó

Qué dijeron los tribunales o las autoridades

Academias Open Zara (Zaragoza)

Las academias de idiomas cerraron en 2002 y los alumnos seguían pagando los cursos a varias financieras

STS 735/2009, de 25 de noviembre: hay «conexión funcional» entre el curso y su financiación; el incumplimiento de la academia deja sin efecto la financiación

iDental

Cierre de clínicas en 2018 con tratamientos a medias, financiados por varias entidades

Auto de la Audiencia Nacional de 5/2/2019 (suspensión de reclamaciones y ficheros). La Audiencia Provincial de Valladolid (26/2/2020, Banco Cetelem) aplicó los arts. 26 y 29: la financiera restituye lo pagado por el tratamiento no prestado, pero no indemniza los daños de la clínica

Dentix

Cerró sus clínicas en noviembre de 2020 ante un concurso de acreedores

Mismo esquema legal: reclamación al proveedor (o al concurso) y después a la financiera

SolarProfit (placas solares)

Anunció preconcurso de acreedores en abril de 2024

Las instalaciones no terminadas o no legalizadas financiadas en el propio contrato pueden encajar en el art. 29.3

El matiz de Valladolid importa: la financiera responde de lo que pagaste y de lo que no debes, no de los daños de la mala praxis, que se reclaman al proveedor o a su seguro.

Tu caso se parece a uno de estos

Si financiaste un tratamiento, un curso o una instalación que se quedó a medias, envíanos el contrato de financiación y lo que tengas del servicio. Te decimos gratis si el crédito es vinculado y qué puedes pedir.

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Por sectores: qué documentar

Sector

Qué suele pasar

Qué prueba ayuda más

Dentista

Tratamiento a medias (implantes, ortodoncia)

Informe o presupuesto de otro dentista colegiado e historial clínico

Clínica estética

Bono de sesiones pagado por adelantado y clínica cerrada

Contrato del bono con sesiones pendientes y justificantes de las realizadas

Academia, máster o curso online

La academia cierra o deja de impartir clases

Plan de estudios, certificado de horas cursadas, correos de cancelación

Placas solares

Instalación incompleta, sin legalizar o sin conectar

Informe de un instalador autorizado y estado de la tramitación administrativa

Gimnasio

Cuota anual financiada y cierre del centro

Contrato con la financiación y aviso de cierre

Reformas

Obra abandonada

Presupuesto firmado, fotos fechadas, informe de otro profesional

Ejemplo: cuánto puedes dejar de pagar

Ejemplo orientativo

Contratas un tratamiento dental de 4.800 €, financiado en 24 cuotas de 200 € sin intereses con la financiera que te ofreció la clínica. Pagas 6 cuotas (1.200 €) y la clínica cierra. Otro dentista certifica que el trabajo realizado vale 1.500 €. Lo prestado supera en 300 € lo que has pagado, así que la reclamación razonable es:

Anular las 18 cuotas pendientes (3.600 €) salvo 300 €, la parte del servicio sí recibida que falta por pagar.

Resultado: dejas de deber 3.300 €.

Si la clínica no hubiera hecho nada, lo razonable sería pedir la anulación de las 18 cuotas y la devolución de los 1.200 € pagados. Las cifras dependen del informe del otro profesional y de lo que acepte la financiera o decida un juez.

Modelo de requerimiento al proveedor

Este es el primer paso obligatorio. Envíalo aunque el local esté cerrado: lo que necesitas es la prueba de que reclamaste.

Modelo para copiarModelo de requerimiento al proveedor por servicio no prestado

Destinatario: [nombre de la clínica, academia o empresa], con domicilio social en [dirección]. En su caso, a la atención de la administración concursal: [nombre del administrador concursal y dirección].

En [ciudad], a [fecha]

[tu nombre y apellidos], con DNI [número] y domicilio en [dirección], como cliente con contrato de [tratamiento, curso o instalación] firmado el [fecha], por importe de [importe] €, financiado mediante el contrato nº [número] con [nombre de la financiera].

EXPONGO

1.

Que el servicio contratado no se ha prestado [en su totalidad / en parte], porque [el centro cerró el día (fecha) / se interrumpieron las clases / la instalación no se terminó ni se legalizó].

2.

Que, según [informe o presupuesto de otro profesional que adjunto], la parte realizada tiene un valor de [importe] € y la parte no prestada de [importe] €.

Requiero:

a)

Que en el plazo de [15 días naturales] completen el servicio en las condiciones pactadas o, en su defecto, resuelvan el contrato por incumplimiento.

b)

Que me devuelvan [importe] € correspondientes a la parte no prestada y comuniquen a [nombre de la financiera] la resolución para que anule las cuotas pendientes.

Advierto de que, si no obtengo satisfacción, ejerceré frente a la financiera los derechos que me reconoce el artículo 29.3 de la Ley 16/2011.

Firma: [tu firma]

Documentos adjuntos: [contrato del servicio, contrato de financiación, justificantes de pago, informe de otro profesional]

Pasado el plazo sin respuesta, envía a la financiera un escrito con la misma estructura: identifica el préstamo, adjunta el requerimiento y su justificante, invoca los arts. 26 y 29.3 de la Ley 16/2011 y pide la suspensión del cobro, la anulación de las cuotas de la parte no prestada, la devolución de lo pagado por ella y que no te incluyan en ficheros de morosos mientras reclamas.

Si la financiera se niega

Tiene un mes para contestarte. Si no lo hace o se niega, puedes acudir al Banco de España (su informe no es vinculante) o al juzgado. Desde abril de 2025 hay que intentar antes una vía extrajudicial, y tu reclamación previa con propuesta cumple ese requisito. En deudas de hasta 2.000 € no es obligatorio ir con abogado ni procurador.

La financiera no contesta o te dice que no es cosa suya

Que te lo digan no significa que tengan razón. Nos pasas los contratos y la reclamación que hiciste, y nosotros hablamos con la financiera.

Sin pago inicial · Si recuperas 2.000 €, nuestros honorarios son 460 € + IVA

La revisión es gratuita y sin pago inicial. Cuando recuperamos dinero (las cuotas que pagaste por la parte no prestada), solo cobramos si hay resultado: 20 % de lo que recuperes + 60 € (+ IVA). Cuando el resultado no es dinero, sino dejar de deber cuotas, te decimos antes de empezar qué se puede conseguir y en qué condiciones. La vía judicial, si hiciera falta, es un encargo aparte que solo se hace si tú lo aceptas. Y si el importe es pequeño (un bono de pocas sesiones, un par de cuotas), hazlo tú con el modelo de requerimiento y el escrito a la financiera.

Si además tenía un interés alto o un seguro en la cuota, revisa la guía para reclamar un préstamo personal. Y si acabas de firmar y aún estás en plazo, mira antes el desistimiento del préstamo. Para el resto de problemas con entidades, la guía para reclamar al banco.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con la financiación si la clínica dental cierra?

Si la financiación te la ofreció la clínica y el dinero fue directamente a ella, lo normal es que sea un crédito vinculado. En ese caso, tras reclamar por escrito a la clínica, puedes exigir a la financiera que deje de cobrarte la parte del tratamiento no realizada y te devuelva lo pagado por ella (art. 29.3 de la Ley 16/2011). No se anula sola: hay que pedirlo.

¿Puedo reclamar la financiación de Dentix?

Sí, con el mismo esquema que cualquier cierre: reclamación al proveedor o a su administración concursal, informe de otro dentista sobre el estado del tratamiento y reclamación a la financiera con esa documentación. Ten en cuenta el tiempo transcurrido desde 2020: cuanto antes reclames, más fácil es probar lo que se hizo y lo que no.

¿Me pueden meter en ASNEF por la financiación del dentista si la clínica cerró?

Pueden intentarlo si dejas de pagar sin haber reclamado. Si la deuda está discutida con una reclamación documentada, la inclusión es muy discutible: en iDental la Audiencia Nacional ordenó retirar a los afectados de los ficheros, y el Supremo condenó en 2026 a indemnizar a una clienta incluida en ASNEF mientras reclamaba su préstamo.

La academia ha cerrado y sigo pagando el curso, ¿qué hago?

Guarda el contrato del curso, la financiación y la prueba de lo que has cursado. Envía un burofax a la academia (o a su administración concursal) pidiendo que cumpla o resuelva el contrato. Si no obtienes respuesta, reclama a la financiera. El Supremo ya aplicó esta lógica en 2009 a las academias Open Zara de Zaragoza.

¿Puedo reclamar la financiación de unas placas solares que no funcionan?

Si la instalación no se terminó, no se legalizó o no se ajusta a lo contratado, y la financiación se firmó con la instaladora, puede ser un crédito vinculado. Pide un informe a otro instalador autorizado, reclama primero a la empresa y después a la financiera. Si la instaladora está en concurso, comunica además tu crédito en plazo.

¿Y si pedí el préstamo en mi banco y pagué yo a la clínica?

Entonces normalmente no es un crédito vinculado: el banco no intervino en la venta y no responde del cierre. Tienes que seguir pagando el préstamo y reclamar al proveedor o comunicar tu crédito en su concurso. Si pagaste con tarjeta, pregunta a tu banco si cabe algún procedimiento de retrocesión del cargo.

José Luis Ortiz León, abogado

José Luis Ortiz LeónAbogado · ICAB nº 12615

Abogado colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB nº 12615), con más de 30 años de ejercicio. Dirige el equipo jurídico de sinpleitos y ha revisado esta guía.

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Última actualización: 23 de septiembre de 2026.

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