Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Mi padre falleció hace tres meses. Revisando sus papeles y su cuenta he visto cargos de QueBueno, y ahora llegan cartas a su nombre reclamando unos 400 €. No sabíamos que tenía estos préstamos. Tampoco dejó casi nada, un coche viejo y poco más. ¿Tenemos que pagarlo mis hermanos y yo? ¿Nos lo pueden reclamar a nosotros?
SINPLEITOS
Solo si aceptáis la herencia. Las deudas de tu padre no pasan a vosotros por ser sus hijos: los herederos responden si aceptan, y si aceptan a beneficio de inventario, solo hasta el valor de lo heredado. También se puede renunciar ante notario. Mientras no decidáis, QueBueno o quien tenga la deuda puede escribir, pero no cobrarse de vuestro dinero. Ojo con una cosa: pagar deudas de tu padre puede interpretarse como que aceptáis la herencia.
Antes de pagar nada o firmar ningún reconocimiento, contestad por escrito a info@quebueno.es comunicando el fallecimiento, con el certificado de defunción, y pedid el detalle de lo que reclaman y los contratos. Antes de aceptar o renunciar, consultad con un notario o un abogado qué hay en la herencia: el coche, cuentas, otras deudas. Pedid también al banco de vuestro padre sus movimientos: os dirán si tenía más préstamos parecidos.
Si al final aceptáis la herencia, os llega también un derecho que casi nadie conoce: reclamar lo que vuestro padre pagó de más. Con un interés del 1,32 % diario, sus préstamos de QueBueno pueden ser usurarios, y si se declara la nulidad solo se debía el capital: lo que pagó por encima se recupera y la deuda pendiente puede bajar mucho. En sinpleitos lo revisamos gratis con sus extractos, sin pago inicial, antes de que decidáis nada.
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