Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Ayer fui a sacar dinero y tenía la cuenta bloqueada. En el banco me han dicho que es un embargo de un juzgado por una deuda de QuéBueno de hace tres años, un préstamo de 300 € del que solo pagué una parte. No me ha llegado ninguna carta del juzgado, y desde entonces me he mudado dos veces. ¿Cómo puede haber un embargo sin juicio? ¿Qué hago ahora?
SINPLEITOS
Un embargo solo lo ordena un juez, así que detrás hay un procedimiento, normalmente un monitorio, aunque no te enterases. Lo primero es identificarlo: pide al banco el oficio del embargo, que lleva el juzgado y el número de procedimiento. En un monitorio por un préstamo, la ley no admite notificarte por edictos, de modo que si nunca recibiste el requerimiento, cómo te notificaron es lo primero que hay que mirar.
Con ese número, pide en el juzgado copia de las actuaciones, sobre todo de la notificación del requerimiento: a qué dirección fue y quién la recogió. Si se envió a un domicilio que ya no era el tuyo, un abogado puede valorar pedir la nulidad de lo actuado. Mientras, tu nómina o pensión sigue protegida en la cuenta hasta el SMI, que en 2026 son 1.221 € al mes; a veces hay que pedírselo expresamente al juzgado.
La deuda que te ejecutan sale de un préstamo al 1,32 % diario, más gastos y costas, y puede multiplicar los 300 € que recibiste. Si se anula lo actuado, en el nuevo trámite cabe oponerse alegando la usura, y lo exigible sería el capital menos lo que llegaste a pagar; incluso podría quedar algo que reclamarles a ellos. En cuanto tengas el oficio del banco, envíanoslo a sinpleitos y estudiamos las actuaciones y el préstamo a la vez.
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