Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Esta mañana he ido a pagar el súper y la tarjeta no pasaba. En el banco me dicen que tengo la cuenta embargada por orden de un juzgado, por una deuda de Créditosi de unos 620 €. Es de un préstamo de 2022 que no terminé de pagar, pero no me llegó ningún papel, porque me cambié de piso. En esa cuenta cobro la nómina, 1.150 €, y me han dejado a cero con el alquiler por pagar. ¿Pueden quitarme el sueldo entero? ¿Qué hago primero?
SINPLEITOS
No, el sueldo no: el salario es inembargable hasta el salario mínimo, 1.221 € al mes en 2026, y con 1.150 € no te pueden quitar nada de la nómina. Esa protección sigue cuando el dinero está en la cuenta, aunque a veces hay que pedírselo al juzgado con tus nóminas. Que haya embargo quiere decir que hubo un procedimiento, normalmente un monitorio al que nadie respondió, porque embargar solo lo puede ordenar un juez.
Pide hoy al banco el nombre del juzgado y el número del procedimiento que figuran en la orden. Con eso, pide en el juzgado copia de lo actuado: verás a qué dirección te notificaron y cuándo. Presenta un escrito con tus nóminas y los extractos pidiendo que liberen lo que es salario por debajo del mínimo. Si la notificación fue a tu piso anterior después de mudarte, coméntalo cuanto antes con un abogado. Y pide a AvaFin, la sociedad de Créditosi, el detalle de esos 620 €.
Además del embargo, mira el préstamo de fondo. El ejemplo que Créditosi aún publica es de 411 € por 300 € a 30 días, una TAE del 4.555,76 %, frente a un 7 % del crédito al consumo, y un interés así puede ser usurario. En sinpleitos revisamos gratis el procedimiento y el préstamo, y te decimos qué margen queda en tu caso. La actuación en el juzgado es un encargo aparte, con presupuesto antes de empezar. Escríbenos por WhatsApp con la comunicación del banco.
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