Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Mi padre murió hace tres semanas. Ordenando sus papeles y su móvil hemos visto SMS de Kviku reclamándole unos 400 € y cargos suyos en la cuenta de varios meses. No tenía casi nada, un coche viejo y poco más. Mi hermana dice que hay que pagarlo para que no nos manchen a nosotros. ¿Los hijos tenemos que pagar sus préstamos? ¿Nos pueden meter en ASNEF a nosotros por esto?
SINPLEITOS
No automáticamente. Los herederos solo responden de las deudas del fallecido si aceptan la herencia; si la aceptáis a beneficio de inventario, solo hasta el valor de lo heredado, y también se puede renunciar ante notario. Mientras no aceptéis, esa deuda es de la herencia y no vuestra, así que no pueden incluiros en ASNEF por ella. Ojo con lo que dice tu hermana: pagar deudas del fallecido puede interpretarse como aceptar la herencia.
Antes de pagar nada o de decidir, consultadlo con un notario o un abogado de herencias. A Kviku podéis escribir a support@kviku.es con el certificado de defunción: «Comunicamos el fallecimiento del titular. Solicitamos copia de los contratos, de los pagos realizados y de la deuda pendiente». No firméis acuerdos por teléfono. Guardad los extractos de su cuenta: los cargos de Kviku de estos meses os dirán cuánto llegó a pagar.
Hay algo que casi nadie sabe: el derecho a reclamar lo que tu padre pagó de más también se hereda. Con una TAE como la que la OCU cita de la documentación precontractual de Kviku, un 11.811,64 %, sus préstamos pueden ser usurarios, y si se declaran nulos solo se debía el capital; lo pagado por encima puede reducir la deuda o incluso dejar dinero a favor de la herencia. En sinpleitos lo revisamos gratis con sus extractos, sin pago inicial y sin prisas. Siento mucho lo de tu padre.
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