Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Mi madre falleció el mes pasado. Revisando su correo hemos visto que tenía un préstamo con PrestaGo de unos 300 € y avisos de que se ha pasado la fecha de pago y ya le piden más de 400. Tenía la pensión y poco más, el piso es de alquiler. Mi hermano quiere pagarlo para cerrar el tema. ¿Los hijos tenemos que pagarlo? ¿Nos pueden reclamar a nosotros?
SINPLEITOS
Solo si aceptáis la herencia. Las deudas de vuestra madre pasan a los herederos que la aceptan; si la aceptáis a beneficio de inventario, respondéis solo hasta el valor de lo heredado, y también podéis renunciar ante notario. Los términos de PrestaGo mencionan la transmisión del contrato por causa de muerte, pero eso no os convierte en deudores sin aceptar. Cuidado con pagarlo: pagar deudas del fallecido puede interpretarse como aceptación.
Antes de pagar nada, hablad con un notario o un abogado de herencias sobre aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. A PrestaGo podéis escribir a info@prestago.es con el certificado de defunción: «Comunicamos el fallecimiento de la titular. Solicitamos copia del contrato, de los pagos realizados y del importe pendiente, y que no se sumen recargos mientras se tramita la herencia». Guardad sus extractos: ahí están los cargos de PrestaGo.
El derecho a reclamar lo que vuestra madre pagó de más también se hereda. Con una TAE del 5.396 %, su préstamo puede ser usurario, y si se declara solo se debía el capital; lo pagado de más reduce la deuda o queda a favor de la herencia. En sinpleitos lo revisamos gratis con sus extractos y os decimos cuánto se debe de verdad antes de que decidáis sobre la herencia. Lo sentimos mucho.
¿Puedes aportar algo útil?
Inicia sesión o crea una cuenta para comentar en este hilo.