Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Voy con retraso en un préstamo de Ibercrédito de 300 € y en el desglose que me han mandado aparece, además de la multa y los recargos, una línea de «costes de SMS de reclamación». Me están mandando dos o tres mensajes al día recordándome la deuda, y encima me los cobran. Me parece una tomadura de pelo. ¿Pueden cobrarme los mensajes con los que me reclaman? ¿Cuánto pueden ser?
SINPLEITOS
Sus condiciones lo prevén, pero no como una cifra libre. La cláusula de honorarios limita lo que puedes deber al capital y sus honorarios, salvo dos excepciones: la penalización por mora y, en su caso, los costes del envío de SMS para reclamar la deuda. La de mora habla también de los costes razonables de la recuperación. Como el contrato liga ese cargo a los costes del envío, lo que te cobren tiene que corresponder al coste real de esos mensajes y poder justificarse.
Solicita a cobros@ibercredito.es, su correo para devoluciones, el detalle de esa línea: cuántos SMS, en qué fechas y a qué precio cada uno. Si no lo justifican, pide que la anulen. Y si recibes varios mensajes al día, puedes pedir que las comunicaciones sean por correo: un hostigamiento constante puede ser una práctica agresiva según la Ley de Competencia Desleal. Y ten presente el orden de sus condiciones: cada pago tuyo cubre antes esos costes de gestión, después honorarios y capital, y en último lugar la penalización.
Los SMS son lo pequeño: la mora de Ibercrédito suma 35 € de multa y un 2 % por día, con tope en treinta días y en el propio capital. Con una reclamación por usura aceptada, desaparecerían honorarios, multa y gastos, y solo quedaría por pagar lo que falte de los 300 € recibidos. Si nos mandas ese desglose, sinpleitos revisa línea por línea cuáles tienen respaldo antes de que pagues.
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