Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Hace dos años me quedé debiendo a Ibercrédito unos 500 € por un préstamo de 300 €. Ahora me escribe una empresa que no conozco diciendo que ha comprado esa deuda y que se la pague a ella, con un número de cuenta suyo. No sé si es verdad o un timo, ni si al cambiar de dueño la deuda cambia en algo. ¿Tengo que pagarle a esta empresa? ¿Qué puedo comprobar antes?
SINPLEITOS
Puede ser verdad, pero compruébalo antes de pagar. Las condiciones de Ibercrédito permiten transferir los derechos del préstamo a un tercero sin tu consentimiento, siempre que eso no te suponga más gastos, y dicen que te lo comunicarán lo antes posible. Distingue además dos figuras: las agencias de recobro que cita su contrato (Gescosa, Exipago y Debitum) cobran por encargo de Ibercrédito; una cesión, en cambio, convierte a otra empresa en la nueva acreedora.
Pide a esa empresa, por escrito, el documento que acredite la cesión y el desglose de los 500 €. En paralelo, consulta a la propia Ibercrédito, por correo en clientes@ibercredito.es o llamando al gratuito 900 26 44 86, si la venta existe y a favor de quién. Mientras no lo confirme, no ingreses nada en la cuenta que aparece en esa carta. Y recuerda lo que dicen tanto sus condiciones como la ley de crédito al consumo: todo lo que podías alegar contra Ibercrédito, puedes alegarlo también contra el comprador.
Esa última regla es la que importa: si el préstamo podía reclamarse por usura frente a Ibercrédito, también frente a quien lo haya comprado, y entonces la deuda se reduciría a los 300 € de capital, restando tus pagos. La otra parte de los 500 € son honorarios, multa y recargos discutibles. Antes de pagar nada a la empresa nueva, si nos mandas su carta y tus extractos, en sinpleitos preparamos la reclamación y hablamos nosotros con ella.
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