Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Hace tres semanas que murió mi padre y su cuenta sigue abierta porque ahí tenía todos los recibos. Revisando los movimientos veo que dos empresas de préstamos le siguen cargando cuotas en la tarjeta, una de 60 € y otra de 85 €, y una de ellas lo ha intentado varias veces el mismo día. Todavía no hemos decidido qué hacer con la herencia. ¿Cómo paramos esos cargos? ¿Lo que han cobrado después de morir se puede pedir?
SINPLEITOS
Los préstamos no se extinguen con la muerte: pasan a ser deudas de la herencia. Pero que sigan cobrándose solos en su tarjeta se puede cortar, porque él ya no puede autorizar nuevos pagos y la herencia todavía no tiene quien decida. Comunicad el fallecimiento al banco por escrito, con el certificado de defunción, y pedid que cancele sus tarjetas y no atienda nuevos cargos. A partir de ahí, cada financiera tendrá que reclamar a la herencia por la vía ordinaria.
Escribid después a cada empresa: vuestro padre falleció el día X, la tarjeta está cancelada y pedís el contrato, el detalle de la deuda y la lista de lo que cargaron desde esa fecha. No deis otra tarjeta ni paguéis desde vuestras cuentas: antes de pagar nada de la herencia, conviene elegir entre aceptar, aceptar con beneficio de inventario o renunciar. Lo cobrado tras el fallecimiento salió del dinero de la herencia: si correspondía a una deuda real, se descuenta de ella; si alguno de los cargos no corresponde, se pide su devolución.
Esas cuotas pueden estar pagando, sobre todo, intereses. Si los préstamos se declaran usurarios, solo se debe lo que le prestaron, y lo que pagó de más, antes y después de morir, se puede recuperar para la herencia. En sinpleitos revisamos los cargos de su cuenta, identificamos cada préstamo y reclamamos lo que no se debía.
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