Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Mi hermano falleció el mes pasado; estaba soltero y sin hijos, y somos mi hermana y yo quienes nos ocupamos de sus cosas. Avisamos a una financiera porque le seguían llegando mensajes por un préstamo de unos 400 €. Nos contestan que, para gestionarlo, necesitan tres papeles: el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y una copia del testamento. No sé si mandarlo nos compromete a pagar. ¿Qué hacemos?
SINPLEITOS
Es normal que lo pidan: necesitan comprobar el fallecimiento y saber quién hereda. Mandar el certificado de defunción no os compromete a nada, porque solo implica aceptar la herencia lo que supone necesariamente la voluntad de aceptar, y los actos de mera conservación no cuentan. El de últimas voluntades dice si hay testamento y cuál, y el testamento dice quién hereda. Podéis enviar ya el de defunción y el resto cuando hayáis decidido qué hacer con la herencia.
Al enviar el certificado, pedid a cambio por escrito la copia del contrato, los pagos que hizo vuestro hermano y el desglose de lo que reclaman, y que suspendan los mensajes y la gestión de cobro mientras los herederos deciden; no están obligados a aceptarlo, pero conviene pedirlo. Enviad solo lo necesario: no hacen falta copias del DNI de toda la familia. Y no paguéis nada hasta saber si aceptáis.
Con el contrato en la mano podréis valorar la deuda real. En caso de usura, de esos 400 € solo quedaría lo que le prestaron menos lo que pagó, y si tuvo más préstamos, puede que la herencia tenga dinero a su favor. Cuando os llegue esa documentación, sinpleitos la revisa y os dice qué se podría reclamar, para que decidáis con datos.
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