Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Mi madre murió en primavera. Recogiendo sus cosas hemos encontrado en el banco cargos de préstamos rápidos casi todos los meses desde 2021: pedía 200 o 300 € y devolvía bastante más. Nunca nos lo contó, supongo que por vergüenza. Ya está todo pagado, no debe nada. Mi hermano dice que eso ya no tiene arreglo porque ella no está. ¿Podemos reclamar nosotros como herederos? ¿Qué papeles nos pedirán?
SINPLEITOS
Sí. La herencia comprende los derechos de una persona que no se extinguen con su muerte, y los herederos le suceden en ellos; el derecho a pedir la nulidad de un préstamo usurario y a recuperar el exceso pagado es uno de esos derechos. Se aplican las mismas reglas que si reclamara ella. La nulidad no tiene plazo, y la devolución se cuenta pago a pago (STS 350/2025): lo pagado en los cinco últimos años es lo más seguro de recuperar, y lo anterior se examina igualmente.
Os pedirán el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o, si no lo hay, la declaración de herederos, para acreditar quién hereda. Si sois varios, lo normal es que firméis todos o que uno actúe con la conformidad de los demás. Con esa documentación podéis pedir al banco los extractos desde 2021 y a cada financiera los contratos. Tened en cuenta que reclamar en nombre de la herencia puede entenderse como aceptarla, algo que en vuestro caso no parece un problema si no debía nada; si dudáis de que haya otras deudas, decididlo antes con el notario.
Lo que se recupere entra en la herencia y se reparte como el resto. En sinpleitos sumamos, préstamo a préstamo, lo que vuestra madre pagó y lo que recibió, identificamos a cada financiera y reclamamos la diferencia en nombre de los herederos. Y no tiene nada de vergonzoso: muchas personas pagaron así sin saber que el precio podía discutirse.
¿Puedes aportar algo útil?
Inicia sesión o crea una cuenta para comentar en este hilo.