¿Puedo reclamar un microcrédito si todavía debo dinero?
Te queda una cuota por pagar. O quizá varias. Incluso puede que te estén llamando ya para reclamarte el dinero. Y piensas: "Si todavía debo dinero, no tendré derecho a reclamar, ¿no?".
Error. Ese pensamiento es justo lo que las entidades quieren que creas.
La realidad es muy distinta: puedes reclamar un microcrédito aunque todavía debas dinero. Es más, en muchos casos es la mejor forma de acabar con esa deuda de una vez por todas. En esta guía te explicamos por qué, cómo funciona y qué puedes conseguir exactamente.

Equipo jurídico de sinpleitos
Respuesta rápida
Sí, puedes reclamar un microcrédito aunque todavía debas dinero. La reclamación por usura se basa en el contrato que firmaste y en los pagos que ya has realizado, no en si el préstamo está activo o cerrado. Si el préstamo se declara nulo, la deuda pendiente puede desaparecer o reducirse drásticamente.
Contenido de esta guía
¿Por qué la gente cree que no puede reclamar si debe dinero?
Es una confusión muy común. La gente asocia "reclamar" con "exigir algo que me deben". Y piensa: "Si yo les debo a ellos, ¿cómo voy a exigirles yo nada?".
Pero aquí no se trata de quién le debe a quién. Se trata de si el contrato que firmaste es legal o no. Si el contrato es usurario (y con TAE del 3000% o 4000%, lo es), ese contrato es nulo desde el minuto uno. Y si es nulo, las reglas del juego cambian por completo.
No importa si debes dinero o no. Lo que importa es cuánto te prestaron y cuánto has pagado ya.
Los dos caminos de la reclamación (y por qué puedes ganar en ambos)
Cuando reclamas la nulidad de un préstamo por usura, el juez o la entidad (en vía extrajudicial) lo que hace es recalcular la deuda desde cero, eliminando todos los intereses y comisiones. Esto puede tener dos efectos, dependiendo de tu situación:
Camino 1: Ya has pagado más de lo que te prestaron
Imagina que te prestaron 300€. Con intereses, prórrogas y cargos, ya has pagado 600€. Pero todavía debes una última cuota de 100€.
¿Qué pasa si reclamas?
El préstamo se declara nulo.
Solo debes devolver los 300€ que te prestaron.
Como ya has pagado 600€, has pagado 300€ de más.
La entidad te tiene que devolver esos 300€.
Y, por supuesto, la cuota pendiente de 100€ desaparece.
Resultado: No solo no debes nada, sino que recuperas 300€.
Camino 2: Todavía no has pagado más de lo que te prestaron
Imagina que te prestaron 500€. Hasta ahora solo has pagado 200€. Y te quedan 300€ pendientes.
¿Qué pasa si reclamas?
El préstamo se declara nulo.
Solo debes devolver los 500€ que te prestaron.
Como ya pagaste 200€, solo te quedarían por pagar 300€ (justo lo que te reclamaban, pero sin intereses).
En muchos casos, al eliminar los intereses, la deuda pendiente se reduce o incluso se cancela con lo que ya pagaste.
Resultado: La deuda no crece más. Pagas solo lo que te prestaron (o menos). Y te quitas el problema de encima.
Un ejemplo real para que lo veas claro
Para que entiendas mejor cómo funciona esto, vamos a poner un ejemplo con números reales de una entidad muy común: Vivus.
Situación de partida
Pediste 300€ a Vivus.
La TAE de tu contrato es del 380%.
Hasta ahora, entre intereses, prórrogas y algún cargo, has pagado 450€.
Pero todavía te reclaman una última cuota de 150€.
¿Qué pasa si no haces nada?
Sigues pagando la cuota de 150€. En total, habrás pagado 600€ por un préstamo de 300€. El doble.
¿Qué pasa si reclamas la nulidad por usura con SINPLEITOS?
1. Revisamos tu caso y comprobamos que el interés es usurario.
2. Enviamos una reclamación extrajudicial a Vivus.
3. Resultado: Vivus acepta que el préstamo es nulo. Solo tienes que devolver los 300€ que te prestaron.
4. Como ya has pagado 450€, has pagado 150€ de más.
5. Vivus cancela la cuota pendiente de 150€.
6. Y además, te devuelve los 150€ que pagaste de más.
Impacto total para ti:
Dejas de deber 150€.
Recuperas 150€ en tu cuenta.
Beneficio total: 300€.
¿Ves la diferencia? No reclamar te cuesta 600€. Reclamar te hace ganar 300€. Son 900€ de diferencia.
¿Qué pasa si ya te han incluido en ASNEF por esta deuda?
Que te hayan incluido en ASNEF no te quita el derecho a reclamar. Es más, si el préstamo se declara nulo, la deuda desaparece y la inclusión enASNEF también debe ser cancelada.
Puedes reclamar la nulidad del préstamo y, al mismo tiempo, exigir que te eliminen del fichero de morosos. Es un dos por uno.
¿Por qué SINPLEITOS es tu mejor aliado en esta situación?
Sabemos que estar en medio de una deuda y recibir llamadas de recobro es muy estresante. Por eso nuestro trabajo es quitarte ese peso de encima.
Analizamos tu caso gratis
Revisamos tu contrato, tus pagos y todas las comunicaciones para ver si tu préstamo es usurario y reclamable.
Reclamamos por ti
Redactamos y enviamos la reclamación extrajudicial a la entidad. Tú no tienes que discutir con nadie ni soportar más llamadas.
Te acompañamos hasta el final
Si la entidad responde, te explicamos qué significa y cuáles son los siguientes pasos. Si no responde, insistimos.
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Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo reclamar si todavía debo dinero y me están llamando para reclamármelo?
Sí. De hecho, es el mejor momento para hacerlo. Reclamar la nulidad del préstamo puede frenar el acoso telefónico y, si ganas, la deuda desaparece o se reduce.
¿Qué pasa si dejo de pagar mientras reclamo?
No es recomendable dejar de pagar a propósito sin consultar con un profesional. Pero si ya has dejado de pagar, la reclamación por usura es una vía para intentar que la deuda sea declarada nula y cese el recobro.
¿Puedo reclamar si ya he pagado todo el préstamo?
Sí. Si ya lo has pagado todo y crees que pagaste de más, puedes reclamar la devolución de los intereses y cargos abusivos.
¿Cuánto tiempo tarda una reclamación así?
Depende de la entidad y de la complejidad del caso. Pero muchos casos se resuelven por vía extrajudicial en pocas semanas, como el caso real de Vivus que resolvimos en solo 4 días.
¿Y si la entidad me dice que no tengo derecho a reclamar porque debo dinero?
Te mentirían. Es una táctica para que no reclames. La ley te ampara y nosotros sabemos cómo defender tu caso.
Si todavía debes dinero, cuéntanos tu caso y lo revisamos gratis y te decimos exactamente a qué puedes optar.
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Quiero revisar mi caso gratisRevisado por José Luis Ortiz León
Abogado colegiado · ICAB nº 12615 · Aviso legal