Duda habitual ·
Duda habitual ·
Cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu contrato y todos tus pagos para comprobar si hay cantidades que puedas reclamar.
Todos hablan de préstamos con TAE de 3.000 o 5.000 %, y el mío tenía un 700 %, que comparado parece poco. Pedí 600 € a seis meses y pagué cuotas durante todo ese tiempo. Supongo que, al ser menos caro que otros, no entra en lo de la usura. ¿Hay un límite a partir del cual se considera usura?
SINPLEITOS
Puede serlo, y con claridad. La ley no fija un número, pero la sentencia 366/2026 del Tribunal Supremo, de 9 de marzo, considera notablemente superior al normal la TAE cuya distancia con el tipo medio fijado por el Banco de España para esa categoría supera los 6 puntos. En préstamos al consumo, la media del Banco de España ronda el 7 %, así que un 700 % la supera en casi 700 puntos. Que otros préstamos sean todavía más caros no convierte el tuyo en normal.
Comprueba la TAE en tu contrato o en la información precontractual, porque es la cifra que cuenta; si no los tienes, pide copia a la entidad. Después suma lo pagado. Con 600 € a seis meses en cuotas iguales y una TAE así, el total ronda los 1.050 € (cálculo aproximado), unos 450 € más de lo recibido. Esa diferencia, con su interés legal, es lo que se le pediría a la entidad en una reclamación por usura.
Precisamente los préstamos a plazos con TAE de tres cifras son los que más gente da por buenos sin mirarlos, porque al lado de otros parecen baratos. En sinpleitos comprobamos la TAE real de tu contrato, con sus comisiones incluidas, y te decimos si la distancia con el tipo medio de la fecha en que firmaste da para reclamar.
¿Puedes aportar algo útil?
Inicia sesión o crea una cuenta para comentar en este hilo.